Derecho laboral 800x411 1

Antecedentes del Derecho Colectivo del Trabajo

  • EDAD ANTIGUA
    3000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    Inicia con la escritura y concluye con la caída del Imperio Romano de Occidente
  • EDAD ANTIGUA
    3000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    Los grandes filósofos consideraban al trabajo como una actividad impropia para los
    individuos, por ello quedó a cargo de los esclavos, ESCLAVISMO.
  • EDAD ANTIGUA
    3000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    Los hombres libres asumieron como tarea a la filosofía, política y guerra.
  • EDAD ANTIGUA
    3000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    En esta forma de distribuir las tareas en las sociedades, surge el nacimiento de las grandes ciudades como Atenas, Esparta y Roma para que florezcan las ciencias y las artes
  • EDAD ANTIGUA
    3000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    Surgimiento de las primeras civilizaciones.
    Al trabajo se le encuadro dentro del derecho civil, bajo el arrendamiento y de compraventa.
  • EDAD ANTIGUA
    401

    EDAD ANTIGUA

    Aumento de la población los hombres libres comenzaron a ofrecer sus servicios en arrendamiento a fin de que sus arrendatarios pudieran utilizar su energía de trabajo.
    Surgieron nuevas instituciones contractuales como la locatio conductio operis y la locatio conductio operarum.
  • EDAD MEDIA
    476

    EDAD MEDIA

    Inicia el artesanado y surgen los gremios; formados por maestros, oficiales y compañeros.
  • FEUDALISMO
    700

    FEUDALISMO

    Surge el feudalismo y los primeros dueños de los medios de producción en el que ahora se llaman patrones, oficiales y los compañeros eran los trabajadores
  • EDAD MEDIA
    1400

    EDAD MEDIA

    Nacen las corporaciones de oficios con el propósito de emancipación.
    Los gremios pasan a empresas monopólicas.
  • DESCUBRIMIENTOS GEOGRÁFICOS
    1412

    DESCUBRIMIENTOS GEOGRÁFICOS

    Comprende la era de los descubrimientos geográficos y la reforma
  • EDAD MODERNA
    1520

    EDAD MODERNA

    Inicio del Renacimiento
  • PRINCIPIOS DEL SIGLO XVI
    1550

    PRINCIPIOS DEL SIGLO XVI

    LEYES DE INDIAS ESTABLECE EDAD MINIMA DE JORNADA LABORAL, 8 HORAS DE JORNADA, SALARIO OBLIGATORIO Y PROTECCIÓN A MUJERES EMBARAZADAS. SE ENCUENTRA EN ESTE ESRITO:
    1) La idea de la reducción de la jornada laboral y establecimiento de ocho horas en la ley VI del título VI del libro III de la recopilación de indias,
    2) Los descansos semanales que tenían tintes de carácter religioso;
    3) Pago de un salario pronto y en efectivo.
  • INICIO DEL SIGLO XVII

    INICIO DEL SIGLO XVII

    El liberalismo era total. El estado no intervenía en la vida económica de la nación, especialmente en cuanto a las relaciones obrero-patronales. Los mayores beneficiados por el liberalismo eran los patrones. Empiezan a aparecer suburbios de obreros de las fábricas que vivían en condiciones deplorables.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA

    Doctrina liberal- individualista y su fundamento es la teoría del derecho natural y los derechos del ser humano, por los enciclopedistas franceses a cargo del Estado
  • PROPIEDAD PRIVADA-SIGLOS XVII Y XVIII

    PROPIEDAD PRIVADA-SIGLOS XVII Y XVIII

    Las ideas de John Locke y los Fisiócratas sobre la propiedad privada se ratificaron el 21 de Julio de 1789, por la Asamblea Nacional de Francia, en el debate sobre los Derechos del Hombre, afirmándolo también como un derecho fundamental.
  • LEY DE CHAPELIER-SIGLO XVIII

    LEY DE CHAPELIER-SIGLO XVIII

    Fue promulgada en Francia, el 4 de junio de 1791, donde se establecía la libertad de trabajo, prohíbe la asociación profesional, suprime los beneficios de las corporaciones y declara ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo, la huelga como delito, entre otras cosas.
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA

    Fin de la Revolución Francesa
  • SIGLO XVII-XIX

    SIGLO XVII-XIX

    Sistema económico liberal, produjo una división entre los hombres, por un lado, los dueños del capital y por el otro quienes subsistían mediante el alquiler de su fuerza del trabajo.
  • GREMIOS

    GREMIOS

    ORDENANZAS DE GREMIOS: Surgue por la necesidad de protección económica a quienes practicaban el mismo oficio u arte. El 8 de junio de 1813
  • CRISIS

    CRISIS

    Se da la primera crisis de sobreproducción o subconsumo. La falta de equilibrio de mercado obliga a los manufactureros ingleses a largar a miles de trabajadores.
  • SIGLO XVII

    SIGLO XVII

    Segunda crisis.
  • TRABAJO

    TRABAJO

    Limitan el trabajo de los niños, principalmente en las fabricas de hilado de algodón. La época se ve marcada por:
    1) Empleo de mujeres y niños.
    2) Salarios miserables.
    3) Largas jornadas de trabajo. (13 - 15 hrs)
  • EL PERIODO INDIVIDUALISTA Y LIBERAL DE LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIX

    EL PERIODO INDIVIDUALISTA Y LIBERAL DE LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIX

    Se crea la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esta constitución de reconocen los derechos sociales de los trabajadores.
  • TERCERA CRISIS

    TERCERA CRISIS

    Tercera crisis, provoca el cierre de 70 bancos.Los efectos de tales fenómenos cada vez son peores y abarcan mayores extensiones. Tanto las crisis, como el pauperismo, preocupan a los estudiosos, ponen en duda las ideas acerca de la armonía entre los intereses públicos y privados. Dadas las consecuencias de la doctrina liberal-individualista, se empieza a cuestionar la misma y surge una oleada de críticas. Se empiezan a adoptar nuevas doctrinas, la de Marx y Engels con mayor trascendencia.
  • HUELGAS

    HUELGAS

    Huelgas Mineras en Chihuahua que dieron altos obreros muertos.
  • EDAD CONTEMPORÁNEA

    EDAD CONTEMPORÁNEA

    Revolución Industrial: este suceso inicia la edad contemporánea. REVOLUCION INDUSTRIAL ES EL PROCESO DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, SOCIAL Y TECNOLÓGICA
  • CONGRESO CONSTITUYENTE

    CONGRESO CONSTITUYENTE

    Se dialoga sobre el problema del trabajo en el Congreso Constituyente. Sin embargo, solo se garantizaron los principios de;
    "Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin pleno consentimiento."
    "Libertad de asociación".
  • INDIVIDUALISMO Y LIBERALISMO EN LA HISTORIA DE MÉXICO

    INDIVIDUALISMO Y LIBERALISMO EN LA HISTORIA DE MÉXICO

    Art. 4 libertad del trabajo
    Art. 5 nadie puede ser obligado a prestar trabajos personale sin su consentimiento
    Art. 9 A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacífica y lícitamente.
  • 1864-1867

    1864-1867

    Con la imposición de Maximiliano. En el Estatuto Provisional Imperio, en los artículos 69 y 70, prohibieron los trabajos gratuitos y forzosos.
    Expidió la Ley del Trabajo del Imperio, que daba libertad a los campesinos de separarse de sus fincas.
  • CÓDIGO CIVIL

    CÓDIGO CIVIL

    El Código Civil para el Distrito Federal, la prestación de servicios no era equiparable al contrato de arrendamiento.
  • EDAD HEROICA-SIGLO XIX

    EDAD HEROICA-SIGLO XIX

    Tres importantes momentos: Edad heroica: Suceden manifestaciones para mejorar la situación laboral, con antecedentes como la Ley de Francis Place, el Manifiesto del Partido Comunista y la Revolución Francesa. Era de Tolerancia: La Comisión de Luxemburgo acepte la libertad de huelga y asociación sindical, pero no es reconocida legalmente. Reconocimiento legal: Finalmente fue reconocida la legislación ordinaria de las instituciones, así como los principios fundamentales del derecho del trabajo.
  • LA REVOLUCIÓN DE 1910. MANIFIESTO Y PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL

    LA REVOLUCIÓN DE 1910. MANIFIESTO Y PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL

    Manifiesto presidido por Ricardo Flores Magón, contiene algunos principios que se instauraron posteriormente en la declaración de derechos sociales de la Constitución de 1917, por ejemplo, mayoría de trabajadores mexicanos en todas las empresas, prohibición del trabajo de los menores de 14 años, jornada máxima de 8 horas, descanso semanal obligatorio, entre otros.
  • EL PERIODO DE PORFIRIO DÍAZ. HUELGA DE CANANEA..

    EL PERIODO DE PORFIRIO DÍAZ. HUELGA DE CANANEA..

    Los trabajadores exigían la obtención de mejores salarios y la supresión de privilegios a los mineros estadounidenses, pues estos, cobraban en dólares.
    William C. Green se entera de la huelga y se prepara para reprimir a los huelguistas, es apoyado por el entonces gobernador de Sonora, por Theodore Roosevelt e inclusive por el mismísimo Porfirio Diaz. Los obreros protestaron intensamente, hubo aprehensiones de todo tipo, y cerca de cien mineros murieron en la prisión.
  • HUELGA TEXTIL EN ATLIXCO, PUEBLA.

    HUELGA TEXTIL EN ATLIXCO, PUEBLA.

    • Trabajadores de la industria algodonera en Puebla se declararon en huelga por la imposición de un reglamento de fabrica que atacaba la libertad y dignidad de los trabajadores, los patrones decretaron un paro general, por lo que los trabajadores solicitaron el apoyo a Porfirio Diaz, este terminaría poniéndose del lado de los patrones y solo se acordaría disminuir la jornada laboral, reglamentar los tiempos de comida y descansos y se prohibiría el trabajo de niños menores de 7 años de edad.
  • CONFLICTO TEXTIL

    CONFLICTO TEXTIL

    Conflicto textil en Puebla concluido con el laudo del Presidente Porfirio Diaz (dio la prohibición de trabajo en menores de 7 años).
  • LEY DEL TRABAJO DE SALVADOR ALVARADO

    LEY DEL TRABAJO DE SALVADOR ALVARADO

    Estableció algunos principios que posteriormente se integrarían a el art. 123 Constitucional como son: el derecho del trabajo tiene como fin dará satisfacción a los derechos de una clase social; el trabajo no es una mercancía; las normas establecen los derechos mínimos a los que tiene acceso al trabajador.
  • LEY MILLÁN DE AGUSTÍN MILLÁN

    LEY MILLÁN DE AGUSTÍN MILLÁN

    Estado de Veracruz, reconocimiento de la legitimidad de las asociaciones obreras.
    Reconocimiento del derecho natural del hombre para asociarse y de los países civilizados cuando lo ejercitan sin violencia.
  • LA CONSTITUCIÓN DE 1917

    LA CONSTITUCIÓN DE 1917

    En 1916 las diputaciones de Yucatán y Veracruz presentaros dos iniciativas de reforma al art. 5, con normas que buscaban proteger al trabajador, incluían la jornada máxima de 8 horas, la prohibición del trabajo nocturno industrial de mujeres y niños y el descanso semanal, pues en un principio en el aspecto laboral era decepcionante el proyecto constitucional.
  • CONSTITUCIÓN DE MÉXICO

    CONSTITUCIÓN DE MÉXICO

    Declaración de Derechos Sociales y el Derecho Colectivo del Trabajo
    Constitución de 1917 Derechos Colectivos: sindicatos, asociaciones profesionales, autoridades laborales, huelgas y paros.
  • 1928

    1928

    Reunión en la Ciudad de México de una asamblea obrero-patronal a la que le fue presentado por la Secretaría de Gobernación, para su estudio, un proyecto de Código Federal del Trabajo.
  • HUELGAS

    HUELGAS

    Emilio Portes Gil envió al Congreso de la Unión un proyecto de Código Federal del Trabajo que fue duramente atacado por contener el principio de sindicalización única y debido a que establecía la tesis del arbitraje obligatorio de las huelgas.
  • 1931

    1931

    La Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo comienza la redacción de un nuevo proyecto de Código del Trabajo al que le llamó Ley Federal del Trabajo.
  • LEY FEDERAL DEL TRABO

    LEY FEDERAL DEL TRABO

    Promulgación de la Ley Federal del Trabajo del mismo año.
  • 1960

    1960

    Adolfo López Mateos integra una distinguida Comisión que redactaría la Ley Federal del Trabajo de 1970.
  • 1960

    1960

    Reformas al apartado A del artículo 123 constitucional para la elevación a 14 años de la edad mínima de admisión al trabajo.
  • LEY FEDERAL DEL TRABO

    LEY FEDERAL DEL TRABO

    Publicación de la Ley Federal del Trabajo en el Diario de la Federación.
  • LEY FEDERAL DEL TRABO

    LEY FEDERAL DEL TRABO

    Iniciativa por el Ejecutivo Federal para reformar los títulos 14, 15 y 16 de la Ley Federal del Trabajo, además se hicieron modificaciones al procedimiento de huelga y se adicionó el artículo 47 con dos párrafos finales.
  • REFORMAS

    REFORMAS

    Las reformas del 79 son publicadas en el Diario Oficial del la federación.
  • ARTÍCULO 79

    ARTÍCULO 79

    Las reformas del 79 entran en vigor. Desde entonces el procedimiento laboral es un derecho social y de clase.
  • REFORMAS 2012

    REFORMAS 2012

    Reformas de 2012 que introducen que introducen 5 contratos de trabajo; por outsourcing, por temporada, de capacitación inicial, a prueba, y de pago por hora.
  • ARTÍCULO 123

    ARTÍCULO 123

    Decreto por el que se reforma la fracción III del apartado A del artículo 123 constitucional. Prohibición del uso del trabajo de menores de 15 años.