Antecedentes del Derecho Civil por Itlali Dalet Sanchez S.

  • Period: 450 BCE to 476

    Inicios del Derecho Civil

    El inicio del Derecho Civil se da con la publicación de las XII tablas. Desde la fundación de Roma existió dos tipos de Derecho uno llamado ius civile y el otro ius gentium (natural) a lo largo de los años del imperio Romano hubo cambios tanto en el significado como en la forma de aplicar el derecho.
  • 117 BCE

    El Ius

    Es un término del derecho romano; su definición hoy en día podemos equipararla a la del derecho objetivo: se refiere al conjunto de reglas y normas que conforman un ordenamiento jurídico.
  • 117 BCE

    Civile

    El Ius civile, era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites.
  • Period: 117 BCE to 565 BCE

    ius quiritio

    El quiritium define al ciudadano individual en contraste con la comunidad. De ahí que Ius Quiritium en Derecho romano es la total ciudadanía romana.
  • 476

    Caída del Imperio Romano

    Para este año, se da la caída del Imperio Romano de Occidente y con ello el inicio de la Edad Media
  • 528

    Compilación de Leyes de Justiano

    Justiniano elabora una compilación de las leyes romanas en una obra compuesta por: Instituciones, Digesto, Codex, Novellae; a lo que se le llamó Corpus Iuris Civilis.
  • 565

    El Corpus uiris

    A la muerte del emperador Justiniano, el Corpus Iuris pierde fuerza
  • Period: 1000 to 1400

    La edad Media

    En estos años fue muy relevante el ius civile en los barbaros que se apoderaron de Roma ya que ellos formaron un derecho único llamado civil-romano al igual empezó a surgir el derecho canónico que a mediados de la edad medieval tuvo mayor relevancia ya que no solo regulaba el fuero interno si no que también se extendía a su vida ordinaria y a finales de esta época comenzaron a surgir nuevos derechos tales como el mercantil.
  • 1090

    La gran Glosa del siglo XII y XIII

    Los glosadores de Bolonia, analizan los textos del Corpus Iuris Civilis, esta etapa se le denomina "La Gran Glosa" y se convierte en la fuente primordial del conocimiento del Derecho Romano.
  • 1234

    Derecho Canónico

    Este derecho no se limitaba a regular el fuero de los fieles, sino a aspectos de la vida ordinaria y los principios espirituales.
  • 1265

    Las siete partidas

    Creación de las 7 partidas de Alonso X, "El sabio"
  • 1384

    La promulgación

    Promulgación de las Siete Partidas
  • Period: 1400 to

    Edad Moderna

    Los Estados Modernos absolutos y soberanos inician una labor de consolidación de su derecho nacional, en castilla la labor la hacen las ordenanzas de Montalvo, en Francia ordenanzas de Colbert y D´ Aguessau, en Alemania Allgeimenes en estos siglos al Derecho Civil se le seguía llamando Derecho Romano. Cabe mencionar que se separaron el Derecho Penal y Procesal por la falta de vigencia de los textos Romanos en esta área.
  • 1503

    Comienza a Dictarse en América la legislación de las Indias

    Como en España no había una unidad nacional las coronas se rigieron bajo la jurisdicción del reino de castilla, todas las colonias eran diferentes por lo que todos eran regidas por un derecho especial aparte y único a cada colonia, también se le domina de los indios occidentales.
  • Las Codificaciones

    La cristalización del Derecho Civil como Derecho nacional y privado se opera con la codificación que consiste en la recopilación de leyes vigentes en un tiempo determinado por orden cronológico o por orden sistemático, en el siglo XIX se abre el código civil francés llamado código napoleón, también en Austria crea su código y en Alemania a finales del siglo se consigue crear tomando de referencia el código francés.
  • Código Napoleónico

    El 21 de Agosto de 1804 se promulga el Código Napoleónico
  • Código Civil de Oaxaca

    Se promulga el Código Civil de Oaxaca
  • Código civil de Zacatecas

    Se promulga el Código Civil de Zacatecas
  • Period: to

    Constitución de 1857

    La facultad de expedir códigos le correspondía a los estados, fue la federación la que tomo la iniciativa codificadora. Benito Juárez le encargó a Justo Sierra elaborar un proyecto de Código Civil, integrado por 4 libros, contaba con 4126 artículos. Fue terminada en 1860 y fue adoptada por el estado de Veracruz-Llave por decreto el 5 de diciembre de 1861.
  • Ley de Matrimonio y la Ley del Registro Civil

    El 23 de Marzo de 1859 dentro de las Leyes de Reforma, se promulga la Ley de Matrimonio y la Ley del Registro Civil
  • El primer Código Civil

    Se encarga al jurista Justo Sierra la elaboración del primer Código Civil y se decreta como tal el 5 de diciembre de 1861.
  • Códigos Corona

    El 17 de Diciembre de 1868, Fernando de Jesús Corona elabora el primer Código Civil para el Estado de Veracruz, conocidos como Códigos Corona
  • Código civil para el D.F. y Baja California

    El 08 de Diciembre de 1870, Se promulga el primer Código Civil para el DF y el estado de BC
  • Revisión del Código Civil.

    Se nombró una Comisión para llevar a cabo una revisión del Código Civil en el cual se realizaron varias reformas
  • Period: to

    Expedición del Nuevo Código Civil

    Se introduce el divorcio por consentimiento mutuo y la libertad testamentaria. Se sucedió el 24 de mayo de 1884, el cual estuvo vigente hasta 1932
  • La Ley de Divorcio

    El 29 de Diciembre de 1914, se promulga la Ley de Divorcio que autorizaba el divorcio desvinculatorio.
  • Ley de las Relaciones Familiares

    El 9 de Abril de 1917, se amplía la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc.
  • Decreto para reformas al Código Civil.

    El 07 de Enero de 1926, se expide el Decreto para reformas al Código Civil.
  • Publicación del Nuevo Código Civil

    El 31 de Agosto de 1928, se publica el nuevo Código Civil en el DOF iniciando su vigencia el 1 de septiembre de 1932
  • Ideas del Código de 1932

    1 Igualdad jurídica del hombre y la mujer
    2 Reconoce personalidad jurídica a los sindicatos
    3 En el hogar el hombre y la mujer tienen autoridad y
    consideración iguales
    4 Exige el certificado medico prenupcial
    5 Instituye el patrimonio de familia
    6 Reconoce hijos encontrados dentro y fuera del matrimonio
    7 Reconoce a la sociedad conyugal o separación de bienes como
    régimen patrimonial.
    8 Concede efectos jurídicos del concubinato.
    9 Instituye el divorcio por consentimiento mutuo.
  • Period: to

    Derecho Civil en la Actualidad

    La evolución histórica del Derecho nos lo presenta como el sector del ordenamiento jurídico que se ocupa de la persona y sus diferentes estados, de su patrimonio y del trafico de bienes, surgen derechos especiales al derecho civil que queda definido como derecho común estos son; derecho del trabajo, derecho de la economía, derecho agrario, derecho bancario, derecho de arrendamiento, etc.
  • Nuevas Reformas al Código Civil en el Distrito Federal

    El 29 de Mayo del 2000,se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal . Entró en vigor el 1 de junio de 2000.