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Hace regulación positiva del notariado en la siguiente regulación.-Actividad del tabelión.
-utilización del protocolo
-El documento notarial. -
Durante la conquista, los escribanos fungieron como fedatarios, dejando así constancia escrita de la fundación de ciudades, creación de instituciones, de los asuntos que se trataron en los cabildos, etc.
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Antes del descubrimiento de América existía un personaje llamado “tracuilo”, quien a la manera del escriba egipcio, era hábil para escribir y redactar documentos; es decir era el artesano azteca que dejaba constancia de los acontecimientos mediante signos ideográficos y pinturas.
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Maximiliano de Habsburgo da inicio al reconocimiento del notario como profesional independiente.
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Para 1792 se construyó el Real Colegio de Escribanos de México; la Academia de Pasantes y Aspirantes de Escribanos fue creada un año después, y más tarde, en 1793, la Real Audiencia fundó una Academia de Enseñanza Notarial a la que debían concurrir por lo menos dos meses por mes los aspirantes a escribanos.
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Con fundamento en la constitución de 1824, se establece la Ley para el Arreglo Provisional de la Administración en los Tribunales y juzgados del Fuero Común, antes de considerar como independiente el trabajo del notario
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Maximiliano de Habsburgo expidió la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio del Escribano y definió al notario público como funcionario con fe pública.
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Porfirio Díaz promulgo el 19 de Diciembre de 1901 la Ley del Notariado para el Distrito y Territorios Federales.
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Se genera un sistema de leyes que regulan la actividad profesional del notario
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SE MODIFICA EN CUANTO A LA DEFINICIÓN DEL NOTARIO, SE SUSTITUTE POR FUNCIONARIO PÚBLICO
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SE PUBLICO EN LA GACETA DEL DISTRITO FEDERAL EN EL 2000, Y ENTRA EN VIGOR A LOS 60 DÍAS DE SU PUBLICACIÓN