-
En Roma se estableció una figura denominada "Concilium Romano" la cual era una asamblea exclusiva de plebes que se llevaba a cabo con el fin de resolver disputas y otras cuestiones de interés para este sector. Es uno de los principales antecedentes de la conciliación
-
De acuerdo a Confucio "la resolución de controversias se lograba a través de la persuasión moral y el acuerdo y no bajo coacción"
-
En Atenas, Grecia se utilizaba la figura de los Thesmotetas o Tesmotetes cuya labor era disuasoria respecto de las intenciones litigiosas pues buscaban avenir a las partes del conflicto. Por otro lado estaban los Magíster gentis o Maestro del Pueblo quienes se ocupaban de resolver los conflictos entre las familias.
-
Existía la figura del "Magíster gentis" o "maestro del pueblo" quien era facultado para resolver conflictos entre familiar
-
Dentro de lo que se conoce como "Las doce tablas" se encuentra la conciliación, pues el Jurista Cicerón establece a esta como la base del aborrecimiento de los pleitos, pues en la Tabla I se hace mención de la fuerza obligatoria a lo que convinieran las partes al ir a juicio.
-
En España surge la figura del "Pacis Adsertor" o "Mandadero de Paz" que fue enviada por el Rey para que las partes conciliaran ante el Tribunal de los Obispos en la monarquía Visigoda
-
En dicho documento se utilizó la conciliación voluntaria, misma que era llevada ante el Prior y los Cónsules, reguladas por el Capítulo XVII de los Burgos y XII de Sevilla
-
El parlamento de dicho país aprobó dicha ley, en la cual no se podía revocar el acuerdo de arbitraje de manera unilateral.
-
En este documento se establece la obligatoriedad de la conciliación ante el Prior y los Cónsules, se procedió de una conciliación previa a la admisión de la demanda,
-
En Francia, fue establecida la conciliación por la Asamblea Nacional en las leyes del 6 y 24 de agosto y con ello se creó una oficina denominada "Boreau de Paix et" para llevar el manejo de ciertas cuestiones relacionadas.
-
En él se crea el contenido del compromiso arbitral, determinando que debe contener el objeto de litigio, el nombre de los árbitros y el conflicto presente a resolver
-
En ella se refleja el arreglo de procedimientos judiciales y con ello se reconoce la conciliación en su Título V, capítulo II
-
Estableció que los jueces de primera instancia invitarían a las partes a obtener un arreglo que finalizara el conflicto antes de entrar a conocer del asunto
-
En el art. 58 del mencionado ordenamiento se establece que los consulados ejercerán la conciliación y arbitraje entre los comerciantes
-
En sus artículos 155 y 156 se establecieron la conciliación y el arbitraje.
Se establece la obligación de acudir al medio de conciliación previamente a iniciar una acción civil o penal por injurias. -
Se considera el derecho para terminar los pleitos mediante jueces árbitro, previa conciliación
-
Surgió en México, para el arreglo de los procedimientos judiciales ante los tribunales y juzgados de Distrito y Territorios, incluyó un juicio verbal con la obligación de exhortar a las partes a una "composición amigable" y, además, estableció una instancia de conciliación obligatoria.
-
En ella se encuentran previstos la conciliación y el arbitraje en materia laboral
-
Reguló la justicia de paz obligando al Juez a exhortar a las partes, antes de pronunciar el fallo, a una "composición amigable"
-
Se celebró en Argentina
-
En Estados Unidos se fundó la "War Labor Board" o "Junta de trabajo de guerra" cuya función principal fue llegar a acuerdos o negoicaciones con los trabajadores
-
Se crearon los comités populares de conciliación, en los cuales, los vecinos de una comunidad, se organizaban voluntariamente para crear estrategias de comunidad y entendimiento para los conflictos que surgían en su comunidad
-
Se reforma siguiendo modelos extranjeros para introducir una audiencia previa y de conciliación
-
Promueve y hace obligatorio el empleo de soluciones alternativas de controversias por tribunales federales
-
Fue firmada por George Bush, promueve la utilización de las soluciones alternativas de controversias por dependencias federales
-
Se reforman los artículos 60 al72 que regulan los procedimientos conciliatorios y 73 al 84 de los procedimientos de arbitraje
-
Dicho decreto declaró de interés nacional en Argentina la institucionalización y desarrollo de la mediación como método no adversarial de solución de conflictos.
-
Se reforma el art. 97 para optar por acudir a los mecanismos alternos de solución de controversias
-
Mediante la cual se declara de interés la experiencia piloto de creación de un Centro Judicial de Mediación en Argentina
-
La ley 24.573 argentina dispone la obligatoriedad de acudir a mediación en los conflictos patrimoniales previa a la instancia formal
-
Conforme a la cual se instituye: con carácter de obligatorio la mediación previa a todo juicio, el plazo para el procedimiento de mediación será de 60 días, el mediador queda dotado de amplias facultades, causas de excusación, se crea el Registro de Mediadores y se determinan los requisitos para ser mediador, se reforma el Código Procesal Civil y Comercial Argentino, otros.
-
Se crea en Costa Rica, en dicha ley figuraban como resoluciones alternas el diálogo, la mediación, la negociación, la conciliación, el arbitraje y la transacción
-
Se crea en la Universidad de Sonora
-
Encargado de crear programas de capacitación
-
En Europa se crea el Libro verde sobre modalidades alternativas de solución de conflictos.
Se llevó a cabo el desarrollo de métodos alternativos de solución de conflictos bajo la ley civil y comercial -
Se llevó a cabo para generar propuestas encaminadas a la implementación de políticas públicas en mediación en las distintas esferas de gobierno: municipal, estatal y federal
-
Se reforma el art. 17, fracción XVI y con ello se faculta al pleno del Tribunal Superior de Justicia para establecer mecanismos de mediación y conciliación para resolver conflictos
-
Se crean los medios alternos a fin de que los particulares resuelvan sus controversias
-
Con estas reformas de los artículos 17 y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se incorporó como un derecho de los gobernados, la instrumentación y búsqueda de mecanismos alternativos, de ahí que surgieron varios conceptos como conciliación, mediación, arbitraje, justicia alterna, amigable composición, acuerdo entre las partes, juntas de avenencia,
negociaciones, concertación, entre otras -
Entra en vigor en México, así como su reglamento, los cuales rigen los procedimientos de mediación, conciliación y justicia restaurativa.
-
Se expide este ordenamiento y con ello se reforman disposiciones relativas al Código Nacional de Solución de Procedimientos Penales
-
Se reforma nuevamente el art. 17 constitucional, convirtiendo a los MASC como un privilegio para la solución de controversias
-
La cual contempla la materia de oralidad de juicios, justicia digital, justicia de género, MASC, entre otros