Antecedentes de las Finanzas Públicas en México

  • 1325

    Época Precolombina

    Época Precolombina
    Los Aztecas llevaban un registro exacto de los tributos, granos, el comercio y los recursos con los que contaban
  • 1524

    Época Virreinal

    Época Virreinal
    En la casa de Cortés en Coyoacán, se instaló el 7 de marzo de 1524 el primer cabildo metropolitano formado por el alcalde mayor Francisco de las Casas, alcaldes ordinarios y regidores., formándose con esto el primer ayuntamiento de la Nueva España, ahí se dictaba la reglamentación para cada oficio.
  • 1533

    Época Virreinal

    Época Virreinal
    Se manejaban tres arcas en las que se guardaba el tesoro de la Hacienda Pública y el impuesto que se otorgaba al Rey de España era del 5% que se llamaba el Quinto Real.
  • Época Independiente

    Época Independiente
    Comprende el periodo más prolongado de inestabilidad de la Hacienda Pública, se implantan las principales disposiciones legales, el 29 de noviembre de 1821 se crea por decreto la primera regencia circulada por el Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos, el 8 de noviembre del mismo año se crea con la siguiente dotación de empleados: Por decreto del 16 de noviembre de 1824, el Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos.
  • Época Porfirista

    Época Porfirista
    En este periodo se estabilizan las instituciones, se asientan las bases de la centralización de la Administración Pública Federal, y de la elaboración de la Cuenta Pública a cargo del Ministro de Hacienda la cual ya servía de base para el informe presidencial. Se le dan nuevas oficinas en el Palacio Nacional con el nombre de Tesorería de la Federación y oficinas en las capitales de los estados de la república, se centralizan en ésta los ingresos, egresos y deuda pública.
  • Época Posrevolucionaria

    Época Posrevolucionaria
    Este periodo se ve afectado por la Revolución Mexicana, en sus primeros años se instala el Departamento de Contabilidad y Glosa, funcionando hasta el 25 de diciembre de 1917, se promulga la Ley de Secretarias de Estado. Se crea el Departamento de contraloría en 1918, expidiendo su propia ley de funcionamiento dependiendo de la Secretaría de Hacienda.
  • Época Posrevolucionaria

    Época Posrevolucionaria
    Con el propósito de mantener los ingresos y egresos de la Federación en los límites de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, el 22 de junio de 1926, el presidente Plutarco Elías Calles, le da una nueva oficina a la Tesorería de la Federación.
  • Época Contemporánea

    Época Contemporánea
    Corresponde a un periodo periodo estable y moderno el 10 de enero de 1935 de la Contaduría de la Federación, expidiéndose la ley que regula su funcionamiento, así como la contabilidad, el presupuesto, el manejo de fondos públicos, la inspección fiscal. creándose la dirección de inspección fiscal. La contabilidad se llevaba centralizada en todas las Secretarías de estado en cuatro subsistemas: de egresos, ingresos, deuda pública y fondos.
  • Época Contemporánea 1977 - 1992

    Época Contemporánea 1977 - 1992
    como consecuencia de la reforma administrativa, la contabilidad se descentraliza, asignando las funciones de la Contaduría de la Federación a la Secretaría de Programación y Presupuesto, donde se crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, se promulga la Ley Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, lo cual produce un cambio sustancial en el manejo de la contabilidad.
  • Época Actual

    Época Actual
    En 1992 la Secretaría de Programación y Presupuesto se fusiona por Decreto Presidencial a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; subsistiendo la Dirección General de Contabilidad Gubernamental con toda su estructura1. La Dirección General de Contabilidad Gubernamental tiene a su cargo las direcciones de Cuenta Pública y Normatividad entre las más importantes.
  • Época Actual

    Época Actual
    Se reformó la fracción XXVIII del artículo 73 constitucional para establecer la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, así como patrimonial, para la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales.