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Atender a sus empleados. -
Obligación para los empresarios de atender a sus empleados en casos de enfermedad, accidente o muerte, derivado del cumplimiento de sus labores. -
Artículos 3, 73 y 123 incluye acciones de enseñanza primaria, aplicación de medidas sanitarias preventivas, establecimiento de cajas de seguros populares y de sociedades cooperativas. -
Acciones educativas. -
Manejo de las pensiones. -
Acciones de salubridad. -
Protección de la salud, préstamos y pensiones por vejez, inhabilitación y muerte y extendía su cobertura a los trabajadores del sector público paraestatal como ferrocarrileros, petroleros y electricistas. -
Obligatorio el aseguramiento de los empleados de estas instituciones. -
Cubría accidentes y enfermedades profesionales y no, maternidad, jubilación, invalidez, muerte y vejez. Derecho a los familiares a recibir asistencia médica y medicina, vivienda, centros vacacionales etc. -
Se crea este apartado para garantizar los derechos laborales como vivienda, protección de accidentes, enfermedades, vejez, jubilación etc. -
Se crea. -
Se incluye como sujetos a la seguridad social a trabajadores, campesinos, no asalariados, y otros sectores. -
Mayores beneficios que se amplían en beneficio de los trabajadores. -
Precedente al abandonar el sistema de reparto e introducir un sistema de capitalización individual.