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Surge la figura del derecho a la intimidad, que fue el origen del derecho de autodeterminación informativa regulada en 1919 por la Constitución de Weimar en el artículo 127.
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Se da a conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos al mundo, donde se encuentra el artículo 12 que dice que:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. -
Se promulga la Datenschutz, ley sobre el tratamiento de datos personales de Land de Hesse, en la República Federal de Alemania, mediante la cual se pretendía brindar protección a las personas naturales ante la amenaza que representaba el tratamiento informatizado de datos nominativos por las autoridades y administraciones públicas del Estado, municipios y entidades locales rurales.
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En Suecia entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Privacy Act.
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Estados Unidos establece una ley de carácter general titulada Privacy Act.
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Países como Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales.
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En ella se establece una normativa general de principios susceptible de ser aplicados subsidiariamente a otros ámbitos o contextos.
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Por el Gran Ducado de Luxemburgo
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En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
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Se aprueba la "Recomendación relativa a las directrices aplicables a la protección de la vida privada y a los flujos trasfronterizos de datos personales"
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Se aprobó un convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto.
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Es cuando Brasil como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos
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Argentina aprobó la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental.
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Se dio un viaje crucial al concebir la protección de datos personales como un derecho fundamental, autónomo e independiente del derecho a la vida privada y familiar.
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México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
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Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente el ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada.
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Se presenta ante el pleno de la Camara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotas de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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El dictamen de referencia se aprueba por unanimidad y en la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibe la minuta en cuestión, la cual fue turnada de la Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, para los efectos constitucionales conducentes.
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Se aprueba el proyecto de adicionar un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
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Entra en aplicación el Reglamento General de Protección de Datos.