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Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios
Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra -
En la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que
habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo -
Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
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Venustiano Carranza creó secretarías, y departamentos, y, siendo el
encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías
de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear,
modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas,
sociales y económicas -
la última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana -
La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías
de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran
la Administración Pública Centralizada. Los organismos descentralizados, las empresas de participación
estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las
instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal.