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Eran los órganos de la Corona encargados del gobierno de los territorios españoles de ultramar
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Trataron de dividir el territorio en provincias administrativas, prevaleciendo la tradición y la práctica centralista del gobierno
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Informe Central del Visitador de José de Gálvez
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Disposiciones, Órdenes o Instrucciones, dadas por el rey y su Consejo a sus representantes en la Nueva España y otros documentos relevantes donde es posible establecer el diagnóstico de determinados ramos de la administración virreinal
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Se adecua la Ley; como la primera etapa en 1821, en el que por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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Teniendo como característica principal la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso con relación con el Poder Ejecutivo como consecuencia de la debilidad institucional de este último tanto en el orden político, como en el jurídico y el administrativo
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después de la caída de Agustín de Iturbide en 1824, se promulgó la primera Constitución de la época independiente que siguió el modelo federal
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Se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117
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La administración congresional
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Se argumentaba que el sistema federal era la causa de casi todos los males de dicho periodo, razón por cual perdió su prestigio y se dio un viraje hacia el centralismo
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Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
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Volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista
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Se consolida la forma de gobierno de república federal
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Se encargaron de ejercer el federalismo de una manera vertical y unipersonal a la figura presidencial
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Creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas
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Elevó a categoría el Departamento de Marina y Departamento de Trabajo a Secretarías, quedando el último como Secretaria del Trabajo y Previsión Social
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Hito que marcó la pauta de actuación de la administración pública
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La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana
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Esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy
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Este proceso también ha venido influyendo en los ámbitos jurídico y administrativo, impulsando, en la práctica, un federalismo más acorde con la teoría
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Tuvo como principales directrices la de crear el sistema nacional de planeación y buscó tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como con la Ley de Deuda Pública; lo cual va dando un carácter y una identidad a la administración pública que conocemos hoy
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En nuestro país se ha desarrollado en forma gradual, desde la época colonial, pasando por la etapa independista, de la Reforma, el porfiriato y la posrevolucionaria
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Transitamos en los primeros pasos para arribar a un verdadero federalismo, en el que se busca un mayor equilibrio en el ejercicio del poder, transición que no podemos afirmar como un proceso acabado, ya que han surgido escenarios negativos, como la detonación de cacicazgos regionales entre los gobernadores de la mayoría de las entidades federativas, figurando como nuevos señores feudales
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Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
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La estructura y la organización de la admon Pública Federal, centralizada y paraestatal; dice: La Presidencia de la Rep., Secretarías de Estado, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y Órganos Reguladores Coordinados integran la Admon Pública Centralizada. Organismos descentralizados, empresas de participación estatal, Instit nales de crédito,organizaciones auxiliares nales de crédito,instituciones nales de seguros y de fianzas y fideicomisos, componen la administración pública paraestatal
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Como entidad federativa con todos sus derechos y obligaciones, con su Congreso, alcaldías y concejales, situación que sin duda alguna vendrá a contribuir en el fortalecimiento del federalismo en nuestro país