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Se establecen 4 denominados como, secretaria de relaciones exteriores e interiores, de justicia y negocios eclesiásticos, de hacienda pública, guerra y marina.
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Se plasma la administración publica en el artículo 117, en donde se establece un numero de secretarios que establezcan un congreso general por una ley, en donde en los artículos 118 a 122 sus funciones y obligaciones de los secretarios quedan plasmadas.
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Se da la facultad del presidente para poder nombrar y mover a secretarios de despachos y el nombramiento de los ministerios.
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Venustiano Carranza encargado del poder ejecutivo, crea 7 secretarias y 5 departamentos en México.
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Se da una última ley orgánica de la administración pública federal mexicana, años anteriores dicha ley fue poco a poco modificada para llegar a esta ley orgánica plasmada.
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Se crean conforme los artículos 26 y 45, la oficina de la presidencia de la república, las secretarias de estado, consejería jurídica del ejecutivo federal y órganos reguladores coordinados que conforman la administración pública centralizada.