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Por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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Se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo
117. -
Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
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Creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.