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Buscando poner orden en la AP, se crearon 4 ministerios, Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
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Se establecen los Secretarios y la Ley para los negocios del gobierno, señalado en el artículo 117.
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Facultades del presidente, nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
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Establece secretarías, y departamentos, expidió el 25 de diciembre de 1917 la Ley de Secretarías de Estado. por ello los encargados del poder ejecutivo, hicieron modificaciones y eliminaron algunas secretarías, a fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
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Elevo las categorías, de Departamentos a Secretarías.
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Vigente hasta la fecha, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
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La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal, y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales, y la intervención del ejecutivo federal en su operación.
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Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; con el fin de proporcionar apoyo técnico al Presidente de la República.
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La función del Consejero Jurídico del Gobierno a cargo del Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Federal representará a la federación.