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El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, remitirá a la Cámara de Diputados, a más
tardar el 30 de junio de cada año, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de Egresos. -
El Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión:
-Los criterios generales de política económica , así como
la estimación del precio de la mezcla de petróleo mexicano para el ejercicio fiscal que se presupuesta
determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de esta Ley;
-La iniciativa de Ley de Ingresos y, en su caso, las iniciativas de reformas legales relativas a las
fuentes de ingresos para el siguiente ejercicio fiscal; y
-El proyecto de Presupuesto de Egresos -
La Ley de Ingresos será aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre
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La Ley de Ingresos será aprobada por la Cámara de Senadores, a más tardar el 31 de octubre
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. El Presupuesto de Egresos deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de
noviembre; -
La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación deberán publicarse en el Diario
Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobados.