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Se introduce la justicia comunitaria , que incluye instrumentos alternativos como la conciliación en derecho y la conciliación en equidad. Estos mecanismos se integran como formas de administración de justicia por particulares (Illera, García Ramírez, 2012).
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Ley 23 de 1991, marco el inicio de la conciliación extrajudicial en Colombia, orientada a descongestionar los despachos judiciales (Illera, García Ramírez, 2012).
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Colombia aprueba la Ley 23 de 1991 , que establece el arbitraje como un mecanismo formal para la resolución de conflictos comerciales, alineándose con los estándares internacionales en la práctica de los MASC (Naranjo, 2020).
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Se incia con la regulación del procedimiento de los jueces de paz y se consolida la jurisdicción de paz como un mecanismo esencial para resolver conflictos comunitarios (Higuita, 2010; Illera, García Ramírez, 2012).
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Se reforma la Ley 23 al introducir principios de celeridad e informalidad para la conciliación en equidad y lograron efectos jurídicos como mérito ejecutivo y cosa juzgada para los acuerdos logrados (Illera, García Ramírez, 2012).
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Decreto 1818 de 1998, que establece que los tribunales superiores y jueces de mayor graduación son los responsables de designar conciliadores en equidad en sus respectivas jurisdicciones (Illera, García Ramírez, 2012).
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Define competencias específicas para abordar casos de violencia intrafamiliar y establece medidas de protección inmediatas para las víctimas(Congreso de la República de Colombia)
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Se establece las Casas de Justicia como centros de información y servicios para resolver conflictos mediante mecanismos de justicia formal y no formal (Illera, García Ramírez, 2012).
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Se inaugura la primera Casa de Justicia en el barrio La Paz, Barranquilla, como un espacio multiagencial de resolución de conflictos (Illera, García Ramírez, 2012).
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Reafirma que los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) promueven la autonomía de la sociedad civil en la resolución de conflictos conforme a la Constitución Política. (Iguita, 2010)
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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla organiza la primera convocatoria para nombrar a líderes comunitarios como conciliadores en equidad, fortaleciendo la justicia local. (Illera, García Ramírez, 2012)
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La Corte Constitucional respalda la conciliación en equidad como una figura fundamentada en el artículo 116 de la Constitución (Illera, García Ramírez, 2012).
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En Barranquilla, se realizan elecciones de jueces de paz y de reconsideración, quienes son distribuidos en circunscripciones locales para cubrir diferentes barrios. (Illera, García Ramírez, 2012)
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Representa un momento clave en el que el Tribunal Superior, a través del Acuerdo 2671, designó a 13 líderes comunitarios como conciliadores en equidad. Este hecho destaca un avance significativo en la implementación de mecanismos de justicia comunitaria, promoviendo la resolución de conflictos mediante líderes locales capacitados para desempeñar este rol.
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La conciliación en equidad se convierte en un requisito obligatorio para iniciar procesos en temas civiles y familiares, fortaleciendo su relevancia en el sistema judicial. (Illera, García Ramírez, 2012)
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Se establece un marco normativo más robusto para la implementación de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (MASC) en Colombia. Esta ley regula la mediación, conciliación, arbitraje y otros métodos alternativos para promover una resolución pacífica de disputas dentro del país, reduciendo la carga en los tribunales (Naranjo, 2020).
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Se consolidan como espacios interinstitucionales para atender y resolver conflictos en comunidades vulnerables, promoviendo el acceso efectivo a la justicia. (Iguita, 2010)
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Se eligen 104 jueces de paz que trabajan gratuitamente en comunas y corregimientos de la ciudad (Illera, García Ramírez, 2012).
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En Tuluá y otros municipios del Valle del Cauca, 81 líderes comunitarios inician funciones como conciliadores en equidad, apoyando la resolución pacífica de conflictos (Illera, García Ramírez, 2012).