ACTIVIDAD N° 8

  • Period: 1 CE to 1 CE

    PASO 1, Articulo 2 Ley 11.687

    Para transferir un fondo de comercio, primero publicar un aviso, por 5 días en el Boletín Oficial. Y en uno o más diarios del lugar que funciona
  • Period: 2 to 2

    PASO 2, Articulo 2 Ley 11687

    El anuncio deberá indicar, clase y ubicación del negocio, nombre y domicilio de vendedor y comprador, nombre y domicilio del rematador y escribano
  • Period: 3 to 3

    PASO 3, Articulo 3 Ley 11687

    Para transferir un fondo de comercio deberá entregarse al comprador una nota firmada
  • Period: 4 to 4

    PASO 4, Articulo 3 Ley 11687

    La nota debe contener, detalle de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos adeudados, fechas de vencimientos
  • Period: 5 to 5

    PASO 5, Articulo 4 Ley 11687

    Desde la última publicación realizada en términos del artículo 2, los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición de la operación de transferencia.
  • Period: 6 to 6

    PASO 6, Articulo 5 Ley 11687

    Desde la notificación a la oposición, en términos del articulo 4, el acreedor que se hubiese opuesto, tiene 20 días para trabar embargo judicial.
  • Period: 7 to 7

    PASO 7, Articulo 4 Ley 11687

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días de la ultima publicación realizada en términos del articulo 2. Siempre que no exista oposición, o cuando esta existiese se hubiera realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
    El documento deberá para tener efecto: extenderse por escrito, inscribirse en el registro publico dentro de los 10 días de su otorgamiento.