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La publicación indica:
Clase y ubicación del Negocio.
Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
Nombre y domicilio del rematador y del escribano. -
Deberá entregar al presunto comprador una nota firmada con el siguiente contenido:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Monto de los créditos adeudados.
Fechas de vencimiento, en caso de que existieran. -
Los acreedores tienen un plazo de 10 dias para reclamar la transferencia del fondo de comercio, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación, al rematador o escribano.
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Se podrá firmarse después de transcurridos 10 días
desde la última publicación realizada,siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos. -
El acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar elembargo judicial.Si el acreedor no traba el embargo judicial en el plazo indicado el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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Deberá extenderse por escrito e inscribirse en el Registro Publico dentro de los 10 dias de otorgamiento del documento de transferencia.