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ACTIVIDAD 5. LO INTERCULTURAL EN LA HISTORIA

  • Congreso Indigenista Interamericano

    Congreso Indigenista Interamericano
    Se realiza el primer Congreso Indigenista Interamericano en Pátzcuaro; hasta ese momento la interculturalidad era empleada como una categoría descriptiva, que hacía referencia a los espacios y relaciones de contacto entre poblaciones indígenas y poblaciones mestizas (Aguirre Beltrán 1957).
  • El Decreto 1490 de 1990

    El Decreto 1490 de 1990
    Por el cual se adopta la metodología de la Escuela Nueva.
  • Constitución Política de Colombia

    Constitución Política de Colombia
    Colombia dio apertura al reconocimiento de la diversidad cultural, oponiéndose a la idea de una cultura homogénea implementada desde la colonia, visibilizándose los pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras y los ROM (Artículos 7,8, 9, 10)
  • Constitucion Politica de Colombia 1991

    Constitucion Politica de Colombia 1991
    En el articulo 1, establece que Colombia es un Estado social y democrático de derecho, pluriétnico y multicultural; así lo expresa el artículo 7.º, al establecer que “el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”.
  • Surgimiento de la Corte Constitucional

    Surgimiento de la Corte Constitucional
    Con el surgimiento de la Corte Constitucional en 1991, instalada el 17 de febrero e 1992, como aquel tribunal que vigila el correcto cumplimiento y aplicación de la Constitución, sus fallos lograron interpretar los nuevos postulados constitucionales, dirigidos al reconocimiento de la diversidad cultural.
  • Programa Nacional de etnoeducación

    Programa Nacional de etnoeducación
    Nace en Colombia el Programa Nacional de etnoeducación que promovió el Diseño Curricular pertinente y bilingüe, Capacitación, Investigación, Diseño y Elaboración de Material Educativo, pero con escasos resultados de impacto.
  • 5. Ley 70 de 1993

    5.	Ley 70 de 1993
    Por la cual se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política, Capitulo VI Mecanismos para la protección y desarrollo de los derechos y de la identidad cultural, Art 32. Mediante el cual el Estado Colombiano reconoce y garantiza a las comunidades negras el derecho a un proceso educativo acorde con sus necesidades y aspiraciones anticulturales.
  • Ley 115 -1994

    Ley 115 -1994
    En su Articulo 14 establece la obligatoriedad a niveles preescolar, básica y media, el fomento de las culturas. Conocer y exaltar los aportes históricos culturales, ancestrales y actuales de las comunidades afro colombianas a la construcción de la nación.
  • Ley 115 de 1994

    Ley 115 de 1994
    Por la cual se expide la ley general de educación, comprende una serie de fundamentos en el marco del reconocimiento de la educación intercultural en Colombia. El Capítulo III del Título III de la ley 115, define una Educación para Grupos Étnicos.
  • Decreto 804 de 1995

    Decreto 804 de 1995
    Establece la interculturalidad como rasgo constitutivo y propio de la educación escolarizada que se promueve para los grupos étnicos.
  • Decreto 804 de 1995

    Decreto 804 de 1995
    Por medio del cual se reglamenta la atención educativa para grupos étnicos, el Presidente de la República de Colombia retoma el planteamiento de la Ley 115 de 1994, “La educación en los grupos étnicos estará orientada por los principios y fines generales de la educación establecidos en la presente ley y tendrá en cuenta además los criterios de integralidad, interculturalidad, diversidad lingüística, participación comunitaria, flexibilidad y progresividad.
  • Decreto 1122 de 1998

    Decreto 1122 de 1998
    Reglamenta en su Artículo 1º. que todos los establecimientos estatales y privados de educación formal que ofrezcan los niveles de preescolar, básica y media, incluirán en sus respectivos proyectos educativos institucionales la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, atendiendo lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 70 de 1993 y lo establecido en el presente decreto.
  • Conferencia General de la Unesco Paris

    Conferencia General de la Unesco Paris
    Se aprueban disposiciones relativas a la diversidad cultural y al ejercicio de los derechos culturales que figuran en los instrumentos internacionales promulgados por la UNESCO, reafirma que la cultura debe considerarse como el conjunto de rasgos distintivos espirituales, materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan una sociedad o un grupo social y que abarcan, además de las artes y las letras, estilos de vida, maneras de vivir juntos, sistemas de valores, tradiciones y creencias
  • Encuentro universidades interculturales indígenas de América Latina

    Encuentro universidades interculturales indígenas de América Latina
    Seminario de expertos, organizado por el programa universitario de México, UNAM y por el programa de Educación Intercultural bilingüe, para dar respuesta a la pluriculturalidad cultural y lingüística de los países, dialogar y reflexionar en torno a la orientación y contenido de los programas de formación profesional, en el ámbito de la diversidad e interculturalidad, que ofrecen las Universidades Interculturales e Indígenas de América Latina, entre otros temas.
  • Decreto 4181 de 2007

    Decreto 4181 de 2007
    El Estado Colombiano, mediante la Ley 22 de 1981, aprobó la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y comparte las recomendaciones de la Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, realizada en Durban, Sudáfrica, en el 2001, se pide a los estados implementar un Programa que involucre aspectos básicos como salud, educación, vivienda y servicios públicos, generación de empleo e ingresos a favor de las poblaciones discriminadas
  • Conferencia Regional de Educación Superior (CRES)

    Conferencia Regional de Educación Superior (CRES)
    Celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, organizada por el Instituto Internacional de la UNESCO para la Educación Superior en América Latina y el Caribe (IESALC) y por el Ministerio de Educación Nacional Colombia. "Nuestra región es marcadamente pluricultural y multilingüe. La integración regional y el abordaje de los desafíos que enfrentan nuestros pueblos requieren enfoques propios que valoren nuestra diversidad humana y natural como nuestra principal riqueza".
  • Ley 1381 de 2010; Lenguas nativas

    Ley 1381 de 2010; Lenguas nativas
    Por la cual se desarrollan los artículos 7°, 8°, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4°, 5° y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales), y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.
  • Decreto 2500 de 2010

    Decreto 2500 de 2010
    Por el cual se reglamenta de manera transitoria la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas, con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas en el marco del proceso de construcción e implementación del Sistema Educativo Indígena Propio SEIP.
  • Ley 1482 de 2011

    Ley 1482 de 2011
    Esta ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación.
  • Lineamientos de Educación Inclusiva

    Lineamientos de Educación Inclusiva
    Con los cuales se busca incentivar a las IES en la definición de acciones y estrategias para el fortalecimiento del enfoque diferencial en el acceso, permanencia y condiciones de calidad de las IES en el País de las poblaciones de especial protección constitucional (Población Víctima, Población con discapacidad, Grupos étnicos – indígenas, comunidades negras, Room, Población de Frontera).
  • LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013

    LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013
    Por medio de la cual se declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación, el festival Ipanoré en el municipio de Mitú, departamento de Vaupés, y se dictan otras disposiciones: La presente ley tiene como fin declarar Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, el festival Apanaré, origen del encuentro intercultural de los pueblos indígenas de la Amazonía, celebrado en el municipio de Mitú, departamento de Vaupés