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Se logra que el Estado en el Artículo 7. Reconozca y protege la diversidad étnica y cultural. En el Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación y en el artículo 13 se Reconoce que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. También el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva en favor de grupos discriminados o marginados. -
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de las Naciones Unidas que reconoce a los niños como sujetos de pleno derecho. Fue firmado el 20 de noviembre de 1989 y entró en vigor el 2 de septiembre de 1990. La Convención recoge los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los niños, y establece las responsabilidades de los gobiernos para protegerlos y garantizar su desarrollo. -
Reconocimiento de los pueblos indígenas
Se reconoce al pueblo negro de Colombia como comunidad negra, sujeto de derechos, y beneficiario de programas de desarrollo social y cultural. Además de la definición de Colombia como nación "pluriétnica y multicultural" -
La ley 115 de 1994 Ley General de Educación “establece que todo habitante del país tiene iguales oportunidades de acceso, tránsito y permanencia en el sistema educativo nacional”. Define los niveles y modalidades de la educación, establece los fines y objetivos de la educación, y garantiza el derecho a la educación de todos los habitantes del país” -
El Ministerio de Educación Nacional asumió el Programa Nacional de Etnoeducación como alternativa para desarrollar la política educativa de atención a los grupos étnicos del país. (indígenas, afrocolombianos, negros, palenqueros, raizales y Rrom). -
La Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural es un documento que reconoce la diversidad cultural como un patrimonio común de la humanidad, en una amplia variedad de contextos para el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Afirmando que el respeto de la diversidad de las culturas, son uno de los mejores garantes de la paz y la seguridad internacionales. Fue adoptada por la Conferencia General de la UNESCO el 2 de noviembre de 2001 en París. -
La Política Educativa para la Primera Infancia, elaboró la Guía Operativa para la prestación del servicio de atención integral a la primera infancia. Tiene 3 retos específicos: ampliar la cobertura con calidad y equidad, brindar a los padres de familia espacios donde sus hijos puedan recibir atención y educación de calidad y, por último, fortalecer la atención en el ámbito educativo primaria (a través de proyectos pedagógicos pertinentes y flexibles). -
“El propósito de las políticas de inclusión, equidad y diversidad es el de salvaguardar los derechos de los miembros de la comunidad institucional con necesidades educativas diversas, servir como herramienta para restituir derechos y consolidarse como un instrumento de acción en situaciones que requieran la atención” -
“La educación inicial es un proceso permanente y continuo de interacciones y relaciones sociales de calidad, pertinentes y oportunas, que posibilitan a los niños potenciar sus capacidades y adquirir competencias en función de un desarrollo pleno como seres humanos y sujetos de derechos.
Como tal, requiere un cuidado y acompañamiento apropiado del adulto que favorezca su crecimiento y desarrollo en ambientes de socialización sanos y seguros”. -
En 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó su primera resolución histórica que “reconoce los derechos de las personas LGBT, que fue seguida de un informe que documenta las violaciones de los derechos humanos basadas en la orientación sexual y la identidad de género” -
La Ley de víctimas cuenta con mecanismos para abordar la atención y reparación a comunidades indígenas. Aporta en tres aspectos esenciales:
Reparación individual y colectiva: Los pueblos indígenas y el territorio son uno solo.
Participación: las Comunidades Indígenas cuentan con dos mecanismos de participación en las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas:
Acompañamiento y Garantía de Derechos: busca garantizar procesos efectivos de restitución de derechos. -
La Ley de Convivencia Escolar es una ley que busca prevenir, proteger y erradicar la violencia en el entorno escolar.
La presente Ley tiene por objeto promover la convivencia pacífica escolar para prevenir y proteger ante cualquier forma de acoso escolar contra los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional. -
El proceso de fortalecimiento territorial se refiere a una estrategia de política pública que busca mejorar las capacidades de gestión, planificación y participación de los actores locales y regionales en el desarrollo y la construcción de paz. Este proceso se basa en el reconocimiento de la diversidad, la pluralidad y el capital social de los territorios. -
Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones. La Ley 1804 de 2016 es una norma que asegura la protección integral y garantiza del goce efectivo de los derechos de la mujer en estado de embarazo y de los niños y niñas desde los cero (0) hasta los seis (6) años de edad. Fue expedida por el Congreso de la República el 2 de agosto de 2016.