
Actividad 2 Línea del tiempo - Recogiendo saberes en torno a la diversidad 1991-2020
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Convención internacional Sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial rescatado de https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CERD.aspx
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Pueblos indígenas y tribales en países
independientes -
El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana además de fomentar la diversidad cultural en las regiones..Rescatado:Articulo7https://pdba.georgetown.edu/Constitutio.ns/Colombia/colombia91.pdf
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Aprobatoria del Convenio 169 de la OIT Pueblos
Indígenas y Tribales. Ratifica el Convenio 169 de
la OIT.
Art.2 “efectividad de los derechos sociales,
económicos y culturales”
Art.4 “salvaguarda de la cultura”Art.5”reconocimie
nto de las culturas”, Rescatado:https://www.mininterior.gov.co/la-institucion/normatividad/ley-21-de-1991 -
La presente ley tiene por objeto reconocer a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes. Rescatado: LEY 70 DE 1993 art 55 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1620332
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Objeto de la Ley. La educación es un proceso de formación
permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una
concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
Rescatado:http://sintraeducacionbogota.org/images/PDF/Legislacion/LEY_GENERAL.pdf -
Descripción de la Norma:
"Por el cual se reglamenta el Capítulo III de la Ley 70 de 1993, se adopta el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva de las "Tierras de las Comunidades Negras" y se dictan otras disposiciones".
Rescatado:https://www.mininterior.gov.co/la-institucion/normatividad/decreto-1745-de-1995-2 -
Sobre Organizaciones de las Comunidades Negras, Rescatado:http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1425370
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La diferenciación positiva correspondería al reconocimiento de la situación de marginación social de la que ha sido víctima la población negra y que ha repercutido negativamente en el acceso a las oportunidades de desarrollo económico, social y cultural.
Rescatado:https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1996/T-422-96.htm -
Dictan normas a favor de la población sorda, con fin de involucrar y participación en escenarios para las comunidades Rescatado:https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=349
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Los principios que inspiran la presente Ley, se fundamentan en los artículos 13, 47, 54 y 68 que la Constitución Nacional reconocen en consideración a la dignidad que le es propia a las personas en situación de discapacidad en sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales para su completa realización personal y su total integración social y a las personas con limitaciones en situación de discapacidad
Rescatado:http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0361_1997.html -
Sistema Nacional de Juventud con el
objeto de generar una articulación en la definición y
desarrollo de la política nacional de juventud
Rescatado:http://www.uasb.edu.ec/UserFiles/369/File/PDF/CentrodeReferencia/Temasdeanalisis2/ninezadolescenciayjuventud/documentos/leyjuventudecuador.pdf -
Ley General de Cultura Art.1 num6. “derecho de los
grupos étnicos a conservar, enriquecer y difundir su
identidad y patrimonio cultural”
Art.13 “proteger lenguas, tradiciones, usos y
costumbres y saberes de los grupos étnicos
Rescatado:https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=337 -
El decreto regula la consulta previa de las comunidades indígenas y afrodescendientes en Colombia cuando la actividad o proyecto se pretenda desarrollar en zonas indígenas o afrodescendientes o habitadas regular y permanentemente por dichas comunidades susceptibles de ser afectadas.
Rescatado:https://www.mininterior.gov.co/sites/default/files/co-decreto-1320-98-consulta-previa-indigenas-_2.pdf -
Se institucionaliza el Programa Promoción y
protección de los derechos de los jóvenes
rescatado https://books.google.com.co/books?id=KxJSDwAAQBAJ&pg=PA51&lpg=PA51&dq=Decreto+846+de+1999&source=bl&ots=qux28LkMCY&sig=ACfU3U19Uq1sOkB6_rzjz41JcL2bjdxB8g&hl=es-419&sa=X&ved=2ahUKEwiZqNy2rsDqAhWSiOAKHaCMABUQ6AEwCHoECAoQAQ#v=onepage&q=Decreto%20846%20de%201999&f=false -
-Avaló la adopción de medidas de discriminación positiva en
razón al género.
-La Ley 581 de 2000 o “Ley de cuotas” que reglamenta la participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas del poder público.
rescatado :https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2000/c-371-00.htm -
esta ley reglamenta el cuidado del patrimonio de las Comunidades Rescatado:http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1174928
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Convención Interamericana para la eliminación
de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad
Rescatado:https://www.lexbase.co/lexdocs/indice/2002/l0762de2002#:~:text=%22%20Ley%20762%20de%202002%20(julio,noventa%20y%20nueve%20(1999). -
Las vedarías ciudadanas la cual vigila, los principios democráticos que rigen su organización interna, sus restricciones y limitaciones así como las condiciones y herramientas especiales para que los ciudadanos ejerzan la función de vigilancia y control.
Rescatado:https://www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/DocLey850_web.pdf -
Sobre la población indígena en riesgo y en
desplazamiento
Rescatado :https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/t-025-04.htm -
Las normas consagradas en la presente ley, tienen por objeto impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los derechos
Rescatado:https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/LEY%201145%20DE%202007.pdf -
Ley de Patrimonio Cultural:
Art.1 “de la conformación de ese patrimonio”
Rescatado:http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1185_2008.html -
La presente ley es de interés público y social, y tiene como objeto garantizar el reconocimiento, la protección y el desarrollo de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como la promoción del uso y desarrollo de sus lenguas que se llamarán de aquí en adelante lenguas nativas. Se entiende por lenguas nativas .
Rescatado:https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=38741 -
Política para promover la igualdad de oportunidades
para la población negra, afrocolombiana,
palenquera y raizal Rescatado:https://convergenciacnoa.org/wp-content/uploads/2017/07/CONPES-3660.pdf -
Marco normativo para la protección integral de los
derechos del grupo étnico gitano.
rescatado:https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/decreto_2957_2010.htm -
Actos de Racismo o discriminación. El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Rescatado :http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1682049 -
“Prosperidad para todos” Igualdad de oportunidades para la prosperidad social; políticas diferenciadas para la inclusión social: grupos étnicos
Rescatado:https://www.sic.gov.co/sites/default/files/documentos/Capitulo_IV_Igualdad_Oportunidades_Prosperidad_Social.pdf -
Constituye un acto discriminatorio cualquier trato diferenciado en el lenguaje de las normas o en las prácticas institucionales o sociales y en general, en cualquier ámbito de la vida, que resulte contrario a los valores constitucionales de la dignidad humana y la igualdad, en tanto impone una carga no exigible jurídica ni moralmente a la persona.
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Colombia ha sido elegida miembro del Comité Intergubernamental de la Convención para la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, en representación de América Latina y el Caribe, para el período 2017 – 2021 Rescatado:https://www.mincultura.gov.co/prensa/noticias/Paginas/Colombia-ingresa-a-Comit%C3%A9-de-la-Unesco-que-promueve-la-diversidad-de-las-expresiones-culturales.aspx
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La representación de las comunidades indígenas no está ligada a una sola persona en específico, pues busca en esencia la protección de los derechos fundamentales especiales de la comunidad. Por ende, tienen la posibilidad de reclamar la protección de sus garantías constitucionales mediante sus integrantes, representantes, organizaciones u otros
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/t-063-19.htm -
Andres Ricardo Peñuela Cundar -
Yuri Fernanda Blanco Ardila Psicología -2020 -