Peritaje psicologico derecho civil

A1. Los antecedentes del Derecho Civil

  • 450 BCE

    Ley de las XII tablas

    Ley de las XII tablas
    El inicio del Derecho Civil se da con la publicación de las XII tablas. Se distinguía entre el Ius Civile y Ius Gentium, el contenido en esta ley comprendía todo el derecho en Roma, privado y público.
  • 476

    Caída del Imperio Romano de Occidente.

    Caída del Imperio Romano de Occidente.
    En este año, se da la caída del Imperio Romano de Occidente y con ello da inicio de la Edad Media.
  • 528

    Compilación de Justiniano.

    Compilación de Justiniano.
    Justiniano elabora una compilación de las leyes romanas en una obra compuesta por: Instituciones, Digesto, Codex, Novellae; a lo que se le llamó Corpus Iuris Civilis.
  • 565

    Corpus Iuris Civilis.

    Corpus Iuris Civilis.
    El Corpus iuris civilis es la más importante recopilación de Derecho romano​ y el texto jurídico más influyente de la historia. En su afán de formalizar el ordenamiento jurídico del Imperio, llevó a cabo la mayor recopilación del Derecho romano de la época.
  • 1090

    La Gran Glosa.

    La Gran Glosa.
    Los glosadores de Bolonia, analizan los textos del Corpus Iuris Civilis, esta etapa se le denomina "La Gran Glosa" y se convirtió en la fuente primordial del conocimiento del Derecho Romano.
  • 1234

    Derecho Canónico.

    Derecho Canónico.
    El derecho canónico ​ es una ciencia jurídica que conforma una rama dentro del derecho cuya finalidad es estudiar y desarrollar la regulación jurídica de la Iglesia católica.Este derecho no se limitaba a regular el fuero de los fieles, sino a aspectos de la vida ordinaria y los principios espirituales.
  • 1265

    Las 7 Partidas del Derecho.

    Las 7 Partidas del Derecho.
    Las Siete Partidas es un cuerpo normativo redactado en Castilla, durante el reinado de Alfonso X (1252-1284), con el objetivo de dar uniformidad jurídica al Reino. Su nombre original era Libro de las Leyes, y hacia el siglo XIV recibió su actual denominación, por las secciones en que se encuentra dividida.
  • 1400

    Edad Media.

    Edad Media.
    El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común.Este Derecho común era la ley eclesiástica que junto a la ley civil representaban las potestades del Imperio y la Iglesia.
  • Código Napoleónico.

    Código Napoleónico.
    El Código Civil Francés, conocido como Código Napoleónico o Código de Napoleón, es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo. Fue aprobado por la Ley del 21 de marzo de 1804 y se encuentra todavía en vigor, aunque con numerosas e importantes reformas.
  • Promulgación del Código Civil Oaxaca.

    Promulgación del Código Civil Oaxaca.
    El primer Código Civil mexicano, creado dentro del sistema federal, fue el Código Civil de Oaxaca, y se promulgó entre 1827 y 1829.12 El título preliminar y el libro primero fueron promulgados por decreto.
  • Código Civil Zacatecas.

    Código Civil Zacatecas.
    Promulgación del Código Civil de Zacatecas.
  • Leyes de Reforma.

    Leyes de Reforma.
    as Leyes de Reforma fueron un conjunto de normas promulgadas después de la Revolución de Ayutla con el fin de separar a la Iglesia del Estado. Las Leyes de Reforma se dictaminaron del 12 de julio al 11 de agosto de 1859. En estas se planteaba principalmente la separación de la Iglesia y el Estado
  • Código Civil Veracruz.

    Código Civil Veracruz.
    Fernando de Jesus Corona elabora el primer Código Civil para el Estado de Veracruz, conocidos como Códigos Corona.
  • Código Civil del Estado de México.

    Código Civil del Estado de México.
    El Código Civil del Estado de México de 1870, considerado la primera codificación en materia civil de la entidad fue un proyecto que surgió con la restauración del modelo Republicano de gobierno y organización.
  • Expedición del Nuevo Código Civil.

    Expedición del Nuevo Código Civil.
    Se introduce el divorcio por mutuo consentimiento y la libertad testamentaria. Se aprobó el 24 de mayo de 1884, el cual estuvo vigente hasta 1932,
  • Ley de Divorcio.

    Ley de Divorcio.
    El 29 de diciembre de 1914 Venustiano Carranza decretó una de sus leyes más progresistas, de honda repercusión en las relaciones sociales, la del divorcio, que ponía fin a la idea del matrimonio definitivo. Una vez divorciada, la mujer podría casarse nuevamente, si lo deseaba.
  • Ley sobre relaciones familiares.

    Ley sobre relaciones familiares.
    Se expide la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc. durante el mandato de Carraza.
  • Nuevas reformas al Código Civil del DF.

    Nuevas reformas al Código Civil del DF.
    Se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Entró en vigor el 1 de junio de 2000.