A1. Antecedentes de las finanzas públicas

  • 2000 BCE

    Época Prehispánica (2000 a.C. a 1600 d.C.)

    Los sistemas contables mayas alcanzaron su mayor expresión en los cómputos calendarios, manejados por la clase sacerdotal, también se tiene conocimiento de algunos registros contables de índole comercial.
  • 1942 BCE

    Època Precolombina (Desde la época antigua – 1492)

    En la América precolombina, predominaban tres culturas (Azteca en México, Inca en Perú y Chibcha en Colombia), no se conocía la escritura alfabética. La actividad contable era práctica común entre aborígenes; los aztecas llevaban cuentas del tributo recaudado de las tribu sometidas; los Incas hacían cuentas con nudos en lazo que representaban cifras, y chibchas, el comercio se realizaba por el trueque de mercancías, registraban sus transacciones con colores pintados sobre sus trajes.
  • Mar 7, 1524

    Época virreinal-1524

    En la casa de Cortés en Coyoacán, se instaló el primer cabildo metropolitano formado por el alcalde mayor Francisco de las Casas, alcaldes ordinarios y,` regidores., formándose con esto el primer ayuntamiento de la Nueva España, ahí se dictaba la reglamentación para cada oficio.
  • Dec 13, 1527

    Época virreinal-1527

    Por cédula. real firmada el 13 de diciembre de 1527 en la ciudad de Burgos en España, el emperador Carlos V nombró una audiencia compuesta por un presidente y cuatro oidores con amplias facultades para gobernar la Nueva España.
  • 1533

    Época virreinal-1533

    La oficina de la Tesorería General hasta la conquista, el capitán Julio Alderete y González el primer títulado del tesorero, luego sucedió Alonso de Estrada, Rodrigo de Albornoz y Gonzalo de Salazar, nombrados tesorero, factor y contador, en 1533 se les faculta de nombrar tenientes, no existe constancia de que se llevaran libros, se manejaban tres arcas donde guardaba el tesoro de la Hacienda Pública y el impuesto que se otorgaba al Rey de España era del 5% que se llamaba el Quinto Real.
  • Época independiente. (1821)

    Comprende el periodo más prolongado de inestabilidad de la Hacienda Pública, se implantan las principales disposiciones legales, el 29 de noviembre de 1821 se crea por decreto la primera regencia circulada por el Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos, el 8 de noviembre del mismo año se crea con la siguiente dotación de empleados: 10 Oficiales, 4 Escribanos, 1 Archivero, 1 Mozo, 2 Ordenanzas.
  • Época independiente. (1824)

    Por decreto del 16 de noviembre de 1824, el Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos ordena que el Secretario dirigiese las rentas del estado y quedaban extinguidas las direcciones y contadurías generales de rentas así también la contaduría mayor de cuentas.
  • Época independiente. (1825)

    El 6 de enero se decreta el primer reglamento provisional de rentas, el 4 de diciembre se establece una dirección de gobierno y otra de todos los ramos de la federación, también se establecen los departamentos de gobierno, departamento de cuentas y razón, oficina de rezagos y glosa y fenecimiento de cuentas anteriores y la clasificación de rentas. La tesorería, tuvo direcciones como la ciudad de México, San Luis, Guadalajara, Monterrey y hasta Cd. Juárez, dependió del Ministro de Hacienda.
  • Época Porfiristas.

    En este periodo se estabilizan las instituciones, se asientan las bases de la centralización de la Administración Pública Federal, y de la elaboración de la Cuenta Pública a cargo del Ministro de Hacienda la cual ya servía de base para el informe presidencial. Se dan nuevas oficinas en el Palacio Nacional y se nombran Tesorería de la Federación y oficinas en las capitales de los estados de la república, centralizando los ingresos, egresos y deuda pública por parte del Ministro de Hacienda.
  • 1907

    Se ha aceptado el nacimiento de la profesión contable en México.
    La primera asociación profesional denominada Asociación de Contadores Públicos Titulados agrupó en realidad a contadores de comercio.
  • Época Postrevolucionaría.

    Este periodo se ve afectado por la Revolución Mexicana, en sus primeros años se instala el Departamento de Contabilidad y Glosa, funcionando hasta el 25 de diciembre de 1917, se promulga la Ley de Secretarias de Estado.
  • Period: to

    1918 y 1926

    1918-Se crea el Departamento de contraloría, expidiendo su propia ley de funcionamiento dependiendo de la Secretaría de Hacienda, durante su vida institucional se estableció el sistema de Contabilidad, Glosa, Fiscalización, y Control Previo, con el propósito de mantener los ingresos y egresos de la Federación en los límites de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos.
    El 22 de junio de 1926, el presidente Plutarco Elías Calles, le da una nueva oficina a la Tesorería de la Federación.
  • Época contemporánea.

    Es un periodo periodo estable y moderno el 10 de enero de 1935 de la Contaduría de la Federación, se expide la ley que regula su funcionamiento, así como la contabilidad, el presupuesto, el manejo de fondos públicos, la inspección fiscal. creándose la dirección de inspección fiscal. La contabilidad se lleva centralizada en todas las Secretarías de estado en cuatro subsistemas: de egresos, ingresos, deuda pública y fondos; a este sistema se le llamó centralizado.
  • Period: to

    1971 a 1976

    En este año la economía mexicana vivía la caída de la demanda externa de sus productos industrializados y agrícolas, así como también un aumento de desempleo propiciado por la recesión de la economía norteamericana, ya que era dependiente de ésta.
    Con la aplicación del programa de inversión pública, en 1972, se logró recuperar la tasa de crecimiento del PIB y la mantuvo alta hasta 1974 con cerca del 7 % anual. Luego ésta comenzó a disminuir hasta llegar al 2 % en 1976.
  • 1977

    Esta Secretaría de estado desde el primero de enero de 1977 se encargaba de la programación y el presupuesto, los Panes del ejecutivo, el manejo de las inversiones y la, elaboración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
  • Period: to

    1977 a 1992

    De 1977 a 1992, en consecuencia de la reforma administrativa, la contabilidad se descentraliza, asignando las funciones de la Contaduria de la Federación a la Secretaría de Programación y Presupuesto, donde se crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, se promulga la Ley Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, lo cual produce un cambio sustancial en el manejo de la contabilidad.
  • Plan Nacional de Desarrollo Urbano 1978.

    “Racionalizar la distribución del territorio nacional, de las actividades económicas y de la población, localizándolas en las zonas de mayor potencial del país.”
  • Period: to

    1978 a 1979.

    A partir de 1978, la política estatal se enfocó principalmente a apoyar a la inversión.
    De esta forma, el volumen de producción, al igual que los precios respectivos, se triplicaron en 5 años, significando así, una tasa de crecimiento de más del 26 % anual.
    1979, la inversión privada creció 5 % más respecto del año anterior, creando un aumento en la capacidad productiva de algunas ramas industriales y de servicios.
  • Década de los 80s.

    En esta el desarrollo industrial de México se ha dado bajo un esquema de mayor competencia con el exterior.
    Las zonas costeras, las fronteras y en particular los llamados puertos industriales, adquieren relevancia particular como áreas de desarrollo tanto industrial como de servicios turísticos.
  • 1992-1993

    En 1992 la Secretaría de Programación y Presupuesto se fusiona por Decreto Presidencial a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; subsistiendo la Dirección General de Contabilidad Gubernamental.
    Para 1993 con motivo de la reforma monetaria la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, les solicita a Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, datos para la Cuenta de la Hacienda Pública Federal en los informes y estados financieros que los presenten en millones de pesos.
  • 2017.

    Se suscitó un sismo donde la sociedad sacó la solidaridad en apoyar y la sociedad vio que podemos exigir, vigilar y hasta administrar recursos gubernamentales. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título 1º. Cap. II, De los mexicanos, Art. 31: Son obligaciones de los mexicanos: Fracción IV.- Contribuir para los Gastos Públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y municipio donde residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.