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Incorpora preceptos tales como la libertad laboral, lbertad de desempeñar cualquier oficio sin necesidad de pertenecer a un gremio, el derecho de reunión y el derecho de asociación.
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En el siglo XIX el trabajo humano en Colombia se encontraba reglamentado exclusivamente por el derecho civil. Los contratos que regulaban la actividad humana se encuadraban principalmente en el arrendamiento de servicios.
Este codigo, adoptado mediante Ley 57 de 1887 y que rige aun hoy en dia, no distinguía entre el trabajo prestado bajo subordinación y el prestado con autonomía. En el artículo 2045 de este codigo habla de la prestacion de un servicio por parte de un empleado domestico a cambio -
Siendo una de las primeras normas expedidas en Colombia con verdadero alcance laboral, esta ley sobre accidentes de trabajo estableció el principio de gratuidad en el procedimiento laboral, principio el cual se mantiene aún hoy en día. De igual manera brinda una definición concreta de "accidente de trabajo". Así mismo obliga ciertos empleadores a brindar asistencia medica e inmenización por los accidentes ocurridos o por muerte de sus operarios con motivo del trabajo que realicen.
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Crea el seguro de vida colectivo.
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Positiviza los movimientos organizados por grupos de trabajadores en virtud de la exigencia de sus derechos, se les denomina "Huelga".
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Continuando de la tarea que inició la Ley 57 de 1915 en materia de Seguridad Social, esta Ley implanta el sguro obligatorio de vida.
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Creación de la Oficina General del Trabajo.
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Por la cual se establece el descanso dominical y se dictan otras disposiciones sobre legislación obrera.
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Por medio de la cual se aprobaron varias convenciones adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo. Determinó, por ejemplo que no podrían emplearse ni trabajar niños menores de catorce años en establecimientos industriales públicos o privados, empresas agricolas, ni a bordo de ninguna nave, salvo los establecimientos y naves donde sólo trabajaran los miembros de una misma familia.
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Reconoce por primera vez en Colombia el derecho de sindicalizacion.
Estableció multas relativamente bajas a los patrones que violaran el derecho de sindicalización y mantuvo el derecho de las empresas a contratar nuevos trabajadores durante los períodos de huelga, recortando de hecho la capacidad de organización y negociación de los sindicatos. -
Fijó la jornada máxima de trabajo en Colombia en 8 horas.
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Se usa por primera vez la denominación de "contrato de trabajo" en el artículo 13 de esta Ley.
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Otorgó a los empleados particulares: quince días de vacaciones remuneradas por cada año de servicio; auxilio de enfermedad hasta por ciento veinte (120) días; en caso de despido, que no sea originado por mala conducta ni por incumplimiento del contrato comprobados, derecho a un AUXILIO DE CESANTIA equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio que presten o hayan prestado y proporcionalmente por las fracciones de año.
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Por la cual se creó los Ministerios de Trabajo, Higiene y Previsión Social y de la Economía Nacional cuyos negocios determinaría el Presidente de la República en ejercicio de la atribución constitucional que le compete.
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Definió como patrono a la persona natural o jurídica que utiliza los servicios de un trabajador bajo su dependencia y mediante una remuneración.
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Se consagró que las controversias que se suscitaren por razón de la aplicación de las leyes sobre accidentes de trabajo, pensiones de jubilacion, seguros de vida obligatorio, jornada de trabajo y descanso dominical se tramitarían de conformidad con el procedimiento señalado en el titulo 46 del libro II del Código Judicial (antiguo Código de Procedimiento Civil).
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"Todos los trabajadores, sean particulares u oficiales, tendrán derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta: 1o. de enero, 1o. de mayo, 20 de julio, 7 de agosto, 12 de octubre, 11 de noviembre y 25 de diciembre."
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Creó la presunción legal de que existe contrato de trabajo entre quien presta un servicio personal bajo la dirección de otro, y quien recibe o aprovecha tal servicio.
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Consagró disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y estableció la estructura orgánica de la jurisdicción especial del trabajo, al a vez que señaló los principios fundamentales que gobernarían el procedimiento laboral.
Estableció el reconocimiento del contrato de trabajo como entidad jurídica autónoma, dió al gobierno facultades para establecer modelos que sirvieran como contrato presuntivo y para fijar el salario mínimo, -
Primera definición de contrato de trabajo: " Hay contrato de trabajo entre quien presta un servicio personal bajo la continuada dependencia de otro, mediante remuneración, y quien recibe tal servicio."
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Se crea la prima de beneficios , y por primera vez se establece el salario minimo.
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Promulgado mediante Decreto 2663 de 1950, este código define el contrato de trabajo en su artículo 22 así: "es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera patrono, y la remuneración, cualquiera que sea la forma, salario."
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Por medio de la cual se extendió el derecho de subsidio familiar a los trabajadores oficiales.
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Por medio de la cual se aprobó el convenio numero 87 adoptado por la Conferencia General de la OIT de 1948, que se refería a la libertad sindical y a la proteccion del derecho de sindicalizacion.
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Menciona en su preambulo, como uno se sus fines, asegurar a los integrantes de la Nación, el trabajo.
De igual manera eleva a rango constitucional el derecho al trabajo en su articulo 25, el cual prescribe: "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas." Además le da el calificativo de derecho fundamental, asi como a la libertad de profesión. -
Promulgado mediante expedicion de la Ley 712 de 2001.
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Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la proteccion social y se modifican algunos articulos del Codigo Sustantivo del Trabajo.
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Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
Establece y regula como modalidades de acoso laboral:
1. Maltrato Laboral.
2. Persecución Laboral.
3. Discriminación Laboral.
4. Entorpecimiento Laboral.
5. Inequidad Laboral.
6. Desprotección Laboral.