Vga concepto de derecho

CODIFICACION DEL SISTEMA JURIDICO MEXICANO I

  • PROYECTO DE JUSTO SIERRA

    Primera codificacion de alcance nacional de nuestro Pais, estaba integrado por dispocisiones de la obra Concordancias, Motivos y Comentarios del Codigo Civil Español 1857 del Codigo Civil Frances, de la leyes de reforma,de la Constitucion
    1859 del Codigo Civil de Lousiana y de la ley de Matrimonio Civil. consistia en tres etapas:
  • CONSTITUCION DE 1857

    El presidente Benito Juarez , estando en el Gobierno Constitucional de Veracruz, Crea un proyecto de codigo civil, fue integrada en cuatro libros, fue determinada en 1860
    Se adoptó por el Estado de Veracruz- Llave por decreto
  • ETAPA 1

    La primera de 1861 a 1863 , se hizo una comision revisora presidida por el e Integrada por Sebastian Lerdo De Tejada , Fernando Ramirez, Jose M Lacunza, Pedro Escudero Echánove y Luis Mendez. misma que no se concluyo debido a la intervencion francesa.
  • ETAPA 2

    De caracter privado se inicio tiempo despues de haberse constituido la Regencia, hasta noviembre de 1864
  • ETAPA 3

    La tercera etapa se produjo durante el periodo de Maximiliano de Habsburgo, quien solicito a esa misma comision , cuyos integrantes habian permanecido en su mayoria en la ciudad de Mexico,
    la carta fue dirigida al ministro de Justicia de Imperio, Pedro Escudero Y Echanove.
  • PROMULGACION DE LOS LIBROS

    Libros del Codigo Civil Mexicano
    El primer libro el dia 6
    El segundo libro el dia 20
    El tercero ya listo para darse a la imprenta
    El cuarto le faltaban correciones de estilo
  • PRESENTACION DEL PROYECTO

    El Codigo Civil del Estado de Veracruz- Llave , fue presentado al la honorable legislatura por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, C. Lic Fernando de Jesus Corona
  • PROYECTO FINAL

    Se integro una nueva comisión formada por Mriano Yañez, José Maria Lafragua, Isidro Montiel Y Duarte, Rafael Dondé y Joaquin Eguia Liz. quienes finalizaron el libro y lo redactaron aprovechando el trabajo de Sierra. Fue aprobado por El Congreso de la Union.
  • CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

    Se expidio para el Distrito Federal y el Territorio de Baja California que entro en vigor el 15 de septiembre, estaba ordenado en 20 titulos y 2,362 articulos mas transitorios
  • NUEVA COMISION

    El congreso ordenó al Ejecutivo que nombrara y presentara un proyecto de las adiciones , modificaciones, aclaraciones y supresiones que debian hacérsele.
    participaron:
    Jose Maria Lozano, Teófilo Robredo, Eduardo Viñas Y Esteban Calva como federal y representantes del Ministerio Publico.
  • PROYECTO PRESENTADO AL CONGRESO DE LA UNION

    Luego lo revisó una comision de la Camara de Diputados en donde figuraban Francisco Artigas y Manuel Bermejo, que participaron en el proyecto en 1877 y 1878 En estas mismas fechas se elaboró la Ley de Organización de Tribunales del Distrito Federal y La Baja California.
  • FUNCION DEL CONGRESO

    El Congreso facultó al poder Ejecutivo para que llevara a cabo las reformas correspondientes;el 31 de marzo de 1884 se expidio. y el 24 de mayo de 1884 se aprobo un nuevo codigo civil para el Distrito Federal y territorio de Baja California que estuvo vigente hasta 1932.
  • NUEVO CODIGO CIVIL

    Se promulgo el nuevo codigo de Procedimientos Civiles del Distrito Federal Y Territorio de Baja California se aprobo el dia 31 y entro en vigor el 1 de junio.
  • PORFIRIO DIAZ

    Promulgó el Codigo Federal de Procedimientos Civilies, que entro en vigor el 1 de Enero 1897, con lo que se reorganizo el poder Judicial.
  • LA LEY DEL DIVORCIO

    Se promulga esta ley que autorizaba el divorcio desvinculatorio y el 9 de abril de 1917 lo fue de la Ley de Relaciones Familiares que sustituyo el libro de Derecho de Familia.
  • DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

    Se dicto un nuevo Código Federal De Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial De La Federación y que es el que rige actualmente
  • GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

    Se publico la Gaseta Oficial Del Distrito Federal, Decreto por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia comun y para toda la Republica en materia Federal y El Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.