Actividad 4 - Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos en el posconflicto - POR: MONICA MEDINA BARRERA
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Se encuentra un indicio de MASC, se trata del arbitraje, se contempló que los colombianos tienen la libertas de solucionar sus conflictos mediante árbitros, en cualquier etapa de sus pleitos.
Artículo 137.- Los colombianos tienen la libertad de comprometer sus diferencias en árbitros en cualquier estado de los pleitos, mudar su domicilio ausentarse de la República y volver a ella, con tal que observen las formalidades legales y de hacer todo lo que no esté prohibido por las leyes. -
Esta constitución no establece ni identifica algún mecanismo alterno de solución de conflictos.
En el periodo de la antigua Nueva Granada, si un individuo incurría en alguna conducta considerada delito, no tenía oportunidad de dialogar con la victima para así llegar a algún tipo de acuerdo, sino que inmediatamente su conducta era penada. -
Esta aborda más regulación a las necesidades de la sociedad y del Estado de, pero en lo que respecta a la regulación de cualquier mecanismo alterno de solución de conflictos, para este punto de la historia, seguía obviándose. Al igual que en la Constitución de 1853, sólo hace referencia acerca de los individuos que cometieren delito y la sanción que esto generaba, pero no en alguna forma de arreglo, mediante el dialogo, con la víctima por la responsabilidad que le acontecía por su conducta. -
Los MASC se inician en nuestro país a partir de la mitad del siglo XX de manera gradual, pero el antecedente mas reconocido se encuentra en el Código de procedimiento Laboral de 1948, como mecanismo de solución de conflictos individuales.
Fue hasta 1987 que se comenzó a hablar de conciliación en otros términos, al ser tomada como uno de los instrumentos destinados por el estado para contribuir a descongestionar los despachos judiciales -
Se implementan los MASC, y por supuesto quedaron algunos de estos mecanismos incluidos de manera explícita, e implícita. En 1991 entró en vigencia la Ley 23, en la cual la conciliación en equidad es la gran innovación. -
Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley.- Modificado por Acto Legislativo 3/2002.
- Modificado por Acto Legislativo 2/2015.
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Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley -
La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos, a través del cual dos o más personas gestionan la solución directa de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. -
Por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento -
Por el cual se adopta el Programa Nacional Casas de Justicia Según el Programa Nacional de Casas de Justicia, las Casas de Justicia son centros multiagenciales de información, orientación, referencia y prestación de servicios de abordaje pacífico de conflictos, donde se aplican y ejecutan mecanismos de justicia formal, no formal y comunitaria. -
Por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos por medio del cual dos o más personas gestionan la solución directa de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado (diferente al juez) denominado conciliador -
Son un organismo de control con enfoque integral e incluyente, que protege, defiende y promueve los derechos de las personas, controla la Función Pública y vigila la conducta oficial de los(as) servidores(as) públicos(as) en el Distrito Capital, para contribuir al cumplimiento de los fines del Estado -
Por la cual se adicionan unas funciones al Procurador General de la Nación, sus Delegados y se dictan otras disposiciones. La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único -
Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial Se consolida la conciliación como requisito de procedibilidad para los en asuntos susceptibles de conciliación en el área de civil y familia -
Expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y dicta otras disposiciones en materia de arbitramento. Respecto a la Designación de los árbitros la ley prevee que las partes nombrarán conjuntamente los árbitros, o delegarán tal labor en un centro de arbitraje o un tercero, total o parcialmente. -
Las Casas de Justicia son centros interinstitucionales que aplican mecanismos de justicia formal y no formal, para orientar a los ciudadanos sobre sus derechos, prevenir el delito y velar por la sana convivencia en la ciudad a través de la resolución de conflictos de convivencia de forma ágil, oportuna y gratuita.