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Es un derecho de interés familiar en el cual se procuraba cuidar los bienes del menor impúber, ya que podía malgastar los bienes.
De igual manera de las personas mayores incapacitadas, en este caso las personas que los cuidan se llamaban curadores. -
El derecho español tomo la regulación típica del derecho romano. No fue hasta el siglo xx que se estableció un cambio significativo en la legislación. -
En nuestro derecho la curatela y tutela han quedado separadas. La tutela tiene la función de la representación y asistencia de los incapaces por minoría de edad o mayores en estado de interdicción.
En cuanto a la curatela se encarga de la vigilancia del comportamiento del tutor y la defensa de los derechos del incapacitado, aun fuera de juicio.
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