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Por el Presidente Lázaro Cárdenas del Río en 1936 como un organismo autónomo desde su origen
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Promulgada el 27 de agosto y publicada en el Diario Oficial el 31 de dicho mes, inició labores el 1º de enero del año siguiente. El entonces Tribunal Fiscal de la Federación se integró por 15 Magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas, con tres Magistrados cada una. Su competencia se restringió a los asuntos contenciosos fiscales federales.
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Con ella inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación.
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Un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal, fue derogada. Conservando con éste Código igual competencia para el Tribunal,
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Otorga competencia al Tribunal para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal
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Prevé aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando siete Salas.
Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad -
se expide con el mismo nombre y en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior,
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Se expide nuevo Código Fiscal, se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias.
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Con el objeto de promover la simplificación administrativa, y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión.
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Modificando la integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones (son dos y se integran cada una con cinco magistrados)
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- El cambio de nombre de la Ley Orgánica y del nombre de la Institución, por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
- Se le proporcionan facultades al Pleno para determinar las regiones y el número y sede de las Salas.
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Para determinar la jurisdicción territorial de la salas regionales, así como su número y sede; y, por último, se modificó la competencia territorial de las salas regionales
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se integra por una presidencia, 58 salas regionales, especializadas y auxiliares. Junta de Gobierno y Administración. El Pleno Jurisdiccional. Pleno General. Secretaría de Acuerdos