Traspaso de Fondo de Comercio

  • 5

    LEY 11687

    Debe publicarse por 5 dias el aviso en el Boletin Oficial y en uno o mas diarios de divulgación popular del lugar donde funcione el establecimiento.
  • 6

    Nota firmada

    Deberá entregarse una nota firmada que contenga la siguiente inforación: detalle de los creditos a deudores, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos adeudados, si las huviese fechas de vencimiento.
  • 15

    Firma del Documento

    El documento de transmisión solo se firma luego de pasados 10 días desde su ultima publicación, simpre y cuando los acreedores no se encuentren opuestos y/o siempre y cuando existiendo opsición se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
  • 20

    Acreedores

    Los acreedores tienen hasta 20 dias para trabar el embargo judicial.
  • 25

    Inscripción en el registro público

    Se extiende por escrito el documento y se inscribe en el registro público, dentro de los 10 días de su otorgamiento