TRANSFERENCIA FONDO DE COMERCIO

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    ARTICULO 2. PUBLICACIÓN LEGAL

    La publicacion por 5 dias debe contener:
    - La Clase y Ubicación del Negocio.
    - El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    - El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos intervienen.
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    ARTICULO 3: NOTA

    El vendedor entrega una nota firmada con las deudas y nombres de los acreedores.
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    ARTICULO 4: OPOSICIONES

    el contrato de venta solo puede firmarse 10 días después de la ultima publicación. Durante ese plazo los acreedores pueden oponerse y solicitar la retención y el depósito del import de sus créditos.
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    ARTICULO 5: EMBARGO

    el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. El deposito debe estabilizarse por 20 dias para que los acreedores obtengan su embargo.
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    ARTICULO 6: CELEBRACIÓN

    Transcurridos los plazos, se puede celebrar la venta e inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días.