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Publicar un aviso por 5 días en el boletín oficial y en uno o mas diarios locales al establecimiento a tranferir. Indicando:
-Clase y ubicación del negocio.
-Nombre y domicilio del comprador y vendedor.
-Nombre y domicilio del rematador o escribano. -
El vendedor del Fondo de comercio debe entregar una nota firmada con los siguientes datos:
-Detalle de los créditos adeudados.
-Nombre y domicilio de los acreedores.
-Monto de los créditos adeudados.
-Fecha de vencimiento(si la hay). -
Desde la última publicacion los acreedores tendrán 10 dias para mostrar su oposición a la transferencia, notificación que deberá cursarse en el domicilio del presunto comprador, reclamando la retención del importe de su crédito.
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En caso de oposición el acreedor tendrá 20 días para trabar el embargo judicial.
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Cuando no exista oposición, el documento solo podrá firmarse despues de los 10 dias de la última publicación.