TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • ENTREGA DOCUMENTACION A COMPRADOR

    quien tenga la intención de vender el fondo de comercio, deberá en forma previa entregar al futuro comprador una nota firmada en la cual indica las condiciones en que se encuentra el establecimiento. Deberá detallar los cerditos adeudados, datos de los acreedores (nombre y dirección), monto de créditos adeudados y fechas de vencimientos.
  • Period: to

    PUBLICACION DE AVISO

    se debe publicar un aviso en forma previa en el boletín oficial y en por lo menos un diario/periódico que pertenezca al lugar donde funciona el establecimiento. esto debe hacerse por 5 dias incluyendo en el anuncio: tipo de negocio, ubicacion; nombre y domicilio de comprador y vendedor; nombre y domicilio de rematador y escribano en caso de que intervengan.
  • Period: to

    OPOSICION

    A partir de la ultima publicación realizada (dia 5), los acreedores contaran con un lapso de 10 días para notificar su oposición a dicha transferencia. Se notificara al comprador al domicilio denunciado en el aviso (o al rematador/escribano que intervenga) y al cual se le reclamara la retención del importe del crédito y el correspondiente deposito de esa suma en cuenta especial. una vez que sea notificado el comprador se encontrara obligado a retener el importe y depositarlo en cuenta judicial.
  • Period: to

    EMBARGO

    una vez notificado el comprador, el acreedor cuenta con 20 dias para trabar embargo judicial. Si no lo realiza dentro de ese plazo, el depositante podra retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • OTORGAMIENTO DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA

    Este documento de transferencia solo podrá firmarse transcurridos 10 días a partir de la ultima publicación, siempre que no exista oposición de acreedores. Dicho documento deberá extenderse por escrito, inscribirse en el Registro Publico dentro de los 10 días. En caso de oposición, solo podrá realizarse una vez realizadas las correspondientes retenciones y depósitos.