TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • 1 CE

    PRIMER PASO PARA LA TRANSFERENCIA DEL FONDO DE COMERCIO

    Quien desee transferir la un fondo de comercio deberá publicar un aviso por 5 días en el Boletín Oficial (diario de publicaciones legales). y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que
    funciona el establecimiento que se pretende transferir. el anuncio debe contener
    *La Clase y Ubicación del Negocio.
    *El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    *El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano.
  • Period: 2 to 2

    SEGUNDO PASO

    Se entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, al
    menos:
    1. Detalle de los créditos adeudados.
    2. Nombre y domicilio de los acreedores.
    3. Monto de los créditos adeudados.
    4. Fechas de vencimiento (si las hay).
  • Period: 3 to 3

    TERCER PASO- En el caso de oposiciones

    Los acreedores tendrán 10 días para
    notificar su oposición a la operación de transferencia. notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación.
    Por su
    parte, el comprador, recibida la notificación del acreedor de que se trate, se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho
    monto en cuenta judicial, en el banco correspondiente
  • Period: 4 to 4

    CUARTO PASO

    El acreedor que se
    hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el
    depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • Period: 5 to 5

    QUINTO PASO - OTORGAMIENTO

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días
    desde la última publicación realizada. YA REALIZADO LOS CORRESPONDIENTES DEPOSITOS.
    el documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá:
    1. Extenderse por escrito; y
    2. Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento