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Se debe publicar un aviso por 5 días en el boletín oficial, el anuncio deberá contener:
* La Clase y Ubicación del Negocio.
* El Nombre y Domicilio del Vendedor y del Comprador.
* El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano (en caso que intervengan) -
Al transferir un Fondo de Comercio se debe entregar al comprador una nota firmada, conteniendo lo siguiente:
* Detalle de los créditos adeudados y los montos de cada uno.
* Nombre y domicilio de los acreedores.
* Fechas de vencimientos (en caso de que los haya) -
Desde el momento de la publicación en el Boletín Oficial, los acreedores tendrán 10 días para hacer saber su disconformidad mediante una notificación al domicilio del comprador o rematador, reclamando el importe de su credito.
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El documento solo se podrá firmar 10 días después de la ultima publicación realizada. El documento deberá ser:
* De forma escrita.
* Inscrito en el Registro Publico. -
El Registro Publico de comercio, llevara los libros correspondientes para la inscripción de las transmisiones, cobrando los derechos que determinen las leyes de impuestos.