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La publicación por 5 días debe contener;
-La clase y ubicación del negocio
-El nombre y domicilio del vendedor y del comprador
-El nombre y domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
El vendedor entrega una nota firmada con las deudas y nombres de los acreedores.
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El contrato de ventas solo puede firmarse 10 días después de la ultima publicación. Durante ese plazo los acreedores pueden oponerse y solicitar la retención y el deposito del importe de los crédito.
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El acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar al embargo judicial. El deposito debe mantenerse por 20 días para que los acreedores obtengan su embargo.
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Transcurridos los plazos, se puede celebrar la venta e inscribirse en el Registro Publico dentro de los 10 días.
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