Transferencia de Fondo de Comercio

  • Publicación del Aviso

    Para realizar la transferencia de un fondo de comercio se deberá publicar un aviso por 5 días en el boletín oficial, además de 1 o más periódicos del lugar, en el cual se indique:
    Clase y ubicación del negocio; nombre y domicilio tanto del vendedor como del comprador; nombre y domicilio del escribano y rematador.
  • Informe al Comprador

    Continuamente se deberá entregar al presunto comprador una nota firmada, la cual contenga al menos: detalle y monto de los créditos adeudados; nombre y domicilio de los acreedores; y, si la hubiese, fecha de vencimiento.
  • Sobre Oposiciones

    A partir de la ultima publicación, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, y con ello reclamar la retención del importe de su crédito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas.
  • Plazo de Embargo

    Una vez notificada la oposición, el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial.
  • Documento Final de Transferencia

    El documento de transmisión solo podrá firmarse una vez transcurridos los 10 días posteriores a la ultima publicación realizada, siempre y cuando se cumpla que no exista oposición por parte de los acreedores.
    Debe extenderse por escrito y ser inscrito en el Registro Publico.