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Publicar aviso por 5 días en Boletín Oficial y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que funciona el establecimiento a transferir. El anuncio deberá contener: Clase y Ubicación del negocio, Nombre y Apellido del vendedor y comprador.
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El vendedor deberá entregar al comprador la siguiente información: Detalle y Montos de créditos adeudados, Nombre y Domicilio de acreedores, fechas de vencimientos.
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Desde la última publicación realizada, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia.
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A partir de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial; si no lo hiciera, transcurrido el plazo, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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El documento de transmisión deberá firmarse después de transcurridos los 10 días desde la última publicación, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores.
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O el especial que se organice, llevará los libros correspondientes para la inscripción de las transmisiones de establecimientos comerciales e industriales.