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Desde 1516 se aplicaron leyes que fueron creadas para la colonias americanas.
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El Consulado de Buenos Aires, actuaba como tribunal para separar jurisdicción civil de lo comercial, aplicando las Leyes de India, Ordenanzas de Bilbao y Ordenanzas de Castillas hasta el año 1859
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Con esta Matrícula se consignaba y nombraba a un Contador como perito para los litigios comerciales
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La Bolsa Mercantil funcionó por corto tiempo, donde se dictó la Ley Reglamentaria de Corredores y Martilleros
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En ese entonces Presidente Rivadavia dictó tres decretos: sobre actos de comercio,sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Rosas por decreto, suprimió los concursos de acreedores, que fue derogado en 1858
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El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación le confió al jurista uruguayo Eduardo Acevedo junto a Vélez Sarfiel, la tarea de preparar un proyecto del Código de Comercio.
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Después de varias tentativas de de acelerar la consideración legislativa se aprobó el Código de Comercio.
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Se comienza a regir el Código aprobado sólo en la provincia de Buenos Aires.
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Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, se sanciono la Ley 15 por la cual se adopta para todo el territorio Nacional la implementación del Código de Comercio.
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Las reformas que sufre el Código de Comercio de 1862 fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuentes del Derecho,2) Se suprimió la inscripción como comerciante en la Matricula, 3) Cambios sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, fianzas, letras de cambio, cheques, derecho marítimo.4)ajustes en contratos de mutuo, deposito y prenda. se quita todo lo civil. Después de la sanción de Código Civil.
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La sanción del Decreto-Ley 5965/63 incorpora al viejo Código de Comercio nuevas reglas sobre letras de cambio y pagaré
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Se sanciona la Ley 17418, que aplica un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley n° 19.550 que introduce al Código de Comercio un nuevo régimen de sociedades.
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Se sanciona la Ley n° 20.094, que incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de navegación, y ese mismo año se sanciona la Ley n° 20.266 que le incorpora también un nuevo régimen para martilleros públicos.
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Se sanciona la Ley n° 24.452 que introduce al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de cheques, y se sanciona la Ley n°24.522 que le incorpora el nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley n° 26.579, que entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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En esta ocasión sufre una gran reforma el Código de Comercio, fue derogado y paso a regir en nuestro país la unificación, el Código Civil y Comercial de la Nación. Hoy en día es la principal fuente del Derecho Comercial de nuestro país.