656

Trabajo Infantil

  • Organización Internacional del Trabajo

    Organización Internacional del Trabajo
    La OIT se creó en el marco de las negociaciones de paz que dieron fin a la Primera Guerra Mundial. Se creó como organización autónoma e independiente, ligada a la Liga de Naciones creada ese mismo año, la equidad, el bienestar social y la paz, la reivindicación de los derechos de los trabajadores.
  • Ministerio de Trabajo

    Ministerio de Trabajo
    El Ministerio del Trabajo de la República de Colombia hace parte de las carteras ministeriales del poder ejecutivo de Colombia a . Como cabeza del sector administrativo del trabajo su principal objetivo es la formulación y adopción de las políticas, planes generales, proyectos y programas en materia de trabajo a nivel nacional.
  • Ministerio de Salud

    Ministerio de Salud
    Se encarga de determinar las directrices en cuanto al aseguramiento de la población a través de los regímenes obligatorios de pensión y de salud. 2. Es el ente encargado de llevar a cabo las políticas públicas de salud, salud pública, y promoción social en salud, en todas sus fases (formulación, ejecución y evaluación), además de contribuir a la formulación de políticas pensionales, beneficios económicos y riesgos laborales.
  • UNICEF

    UNICEF
    UNICEF trabaja en más de 190 países y territorios a través de diferentes programas y Comités Nacionales. La base sobre la que guía su trabajo es la Convención sobre los Derechos del Niño y su labor está centrada en cinco esferas prioritarias de trabajo: supervivencia y desarrollo infantil, educación e igualdad de género, la infancia y el VIH/SIDA, protección infantil y promoción de políticas y alianzas.
  • Art. 171 Edad Mínima

    Art. 171 Edad Mínima
    Los menores de catorce (14) años no pueden trabajar en las empresas industriales, ni en las empresas agrícolas cuando su labor en éstas les impida su asistencia a la escuela.
    Los menores de diciocho (18) años no pueden trabajar durante la noche, excepto en empresas no industriales y en el servicio doméstico y siempre que el trabajo no sea peligroso para su salud o moralidad.
    Los menores de dieciocho (18) años no pueden trabajar como pañoleros o fogoneros, en los buques de transporte marítimo.
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

    Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
    Es una entidad al servicio de las familias colombianas.El ICBF, entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social, es una de las instituciones más representativas del país. Fue creada en 1968 dando respuesta a problemáticas, tales como la deficiencia nutricional, la desintegración e inestabilidad de la familia, la pérdida de valores y la niñez abandonada. Actualmente cerca de 10 millones de colombianos se benefician de sus servicios.
  • Edad mínima de trabajo

    Edad mínima de trabajo
    Establece los 15 años como la edad mínima de admisión al
    empleo. El “empleo” de las personas adolescentes, en este caso, debe darse bajo criterios de protección especial que deben ser supervisados y controlados por los Ministerios de Trabajo de los diferentes países.
  • Derechos Fundamentales de los Niños

    Derechos Fundamentales de los Niños
    Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.
  • Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil

    Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil
    Considerando que la eliminación efectiva de las peores formas de trabajo infantil requiere una acción inmediata y general que tenga en cuenta la importancia de la educación básica gratuita y la necesidad de librar de todas esas formas de trabajo a los niños afectados y asegurar su rehabilitación y su inserción social al mismo tiempo que se atiende a las necesidades de sus familias
  • Fusión de los dos Ministerios ( ministerio de salud y protección social )

    Fusión de los dos Ministerios ( ministerio de salud y protección social )
    Al asumir la Presidencia de la República en su primer mandato (2002-2006), el presidente Álvaro Uribe Vélez decidió fusionar los Ministerios de Salud y de Trabajo en el Ministerio de la Protección Social.
  • Derechos Laborales del Menor

    Derechos Laborales del Menor
    El menor trabajador tendrá derecho al salario, prestaciones sociales y demás garantías que la Ley concede a los trabajadores mayores de dieciocho (18) años.
  • Superación Laboral

    Superación Laboral
    El menor trabajador tendrá derecho a la capacitación y se le otorgará permiso no remunerado cuando la actividad escolar así lo requiera
  • Prohibiciones Laborales

    Prohibiciones Laborales
    Queda prohibido a los trabajadores menores de dieciocho (18) años todo trabajo que afecte su moralidad. En especial les está prohibido el trabajo en casas de lenocinio y demás lugares de diversión donde se consuman bebidas alcohólicas. De igual modo se prohíbe su contratación para la reproducción de escenas pornográficas, muertes violentas, apología del delito u otros semejantes.
  • Entidades Encargadas de la Seguridad del Menor

    Entidades Encargadas de la Seguridad del Menor
    El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social visitará regular y periódicamente, a través de los funcionarios de inspección y vigilancia, las empresas para establecer si tienen a su servicio menores trabajadores y si se cumplen las normas que los protegen.
  • Penalidad

    Penalidad
    El que ejerza la mendicidad valiéndose de un menor o lo facilite a otro con el mismo fin, o de cualquier otro modo trafique con él, incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años.
  • Ratificación del Convenio de la OIT

    Ratificación del Convenio de la OIT
    Mediante el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT. En la 100 conferencia de la OIT de 2011, se adoptaron normas laborales internacionales destinadas a mejorar las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo; Colombia como país miembro acogió este tratado internacional.
  • Incursión al Trabajo Infantil

    Incursión al Trabajo Infantil
    Sólo los menores entre los 14 y 17 años pueden tener permiso para trabajar, el cual es expedido por el Ministerio de Protección Social y es la misma entidad la que le hace seguimiento a dichos permisos. En caso de detectar cualquier incumplimiento, podrá realizar sanciones.
  • Población más vulnerable

    Población más vulnerable
    La investigación advirtió que en las zonas urbanas se presenta el mayor número de niños, niñas y adolescentes vinculados al trabajo infantil doméstico, con 17.000 personas menores de edad (85%), de los cuales 16.000 son niñas. Esto visibiliza un asunto de género que muestra las múltiples situaciones adversas que afrontan las niñas que deben emplearse en esta actividad, junto a circunstancias propias de su situación social y económica. la mayoría proviene de familias campesinas.
  • Incursión al trabajo Infantil

    Incursión al trabajo Infantil
    Colombia reafirmó su compromiso de lucha contra el trabajo infantil, rechazó cualquier manifestación del mismo y en conjunto con la Organización Internacional del Trabajo, OIT, reveló las cifras de menores de edad que laboran en servicios domésticos.
  • Los sectores críticos del trabajo infantil

    Los sectores críticos del trabajo infantil
    Se trabajará en los cuatro sectores que se han identificado como críticos: el cafetero, el minero, el de trasporte de combustible, más conocidos como pimpineros, y los recolectores de caña de azúcar.