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Publicar un aviso por 5 dias en el Boletin Oficial y en 1 o 2 diarios del lugar donde funcione la empresa para que los acreedores tomen conocimiento de la situación: indicando nombre y domicilio de vendedor y comprador
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Quien transfiere deberá previamente entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga detalles de creditos adeudados, nombre y direccion de los acreedores, monto del credito adeudado y fecha de vencimiento
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Desde la ultima publicacion los acreedores tendrán 10 días para oponerse, reclamando retención del importe de su credito y deposito de la suma retenida.
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Desde la notificación de la oposición y transferencia el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si no trabase el embargo trascurridos los 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas y podrá otorgarse el documento de transmisión.
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El documento de transmisión solo podrá firmarse transcurrido los 10 días en el registro publico del comercio.