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La administración de justicia está en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas, Al evolucionar , hay negociación y entre las partes involucradas y compensación en pago hacia la víctima o su familia, los procesos se caracterizan por gestos y teatralidad, actuaciones y palabras sacramentales de no hacerlo los procesos carecían de validez.
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Etapa de las acciones de Ley que son procedimientos rigurosos normalmente con ritualismos, con fundamento en la Ley de 12 tablas
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Al crecer y desarrollarse Roma en los sistemas para solucionar conflictos tuvieron acceso los plebeyos y los no romanos. Aparece la figura del Magistrado, el Pretor; el fundamento procesal es la formula, compuesta por La Intentio, demostrado, adiudicatio y la condenado. La Formula se adaptaba a cada caso concreto.
El desarrollo del proceso de Roma se divide en : Monarquía, República e Imperio. -
En esta etapa de Roma se convierte en la primera potencia del Mundo Antiguo, con numerosas colonias en Europa, Asia y África, gracias a su política expansionista y al hecho de contar con un poderoso ejercito, disciplinado y muy bien organizado.
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Se caracteriza por: el surgimiento del proceso extraordinario. En este las partes acuden ante un magistrado el proceso no presenta dos etapas se unifica para resolverse ante un funcionario, toma nota de las pretensiones y dicta sentencia.
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Procesos primitivos con formas autotutelares y autocompasivas, una mescla de elementos romanos y germánicos dio origen a los procesos medievales. Existía una asamblea llamada Ding, donde el juez intrvenia como investigador y director del debate, la sentencia la dictaba la asamblea, procedimiento público, oral y formalista.
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En Italia se fusiona los procedimientos romano y germano, después evoluciona bajo las teorías romanas, eclesiásticas y estatutarias. A mitad del siglo XIII se lleva a cabo un procedimiento más ágil, surgen los juicios de tipo sumario; proceso de mandato condicionado o no y procedimiento de embargo.
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La corriente moderna de codificación, la Constitución de Cádiz de 1812, con varios artículos sobre administración de justicia que vino a mejorar la situación caótica se vivía en esa época. Otras leyes Ley de enjuiciamiento civil y Ley de Enjuiciamiento Mercantil.
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Se estableció el principio de que para la ley todo lo que no está permitido está prohibido, para el individuo no existen más limitaciones que las fijadas en la ley y todo lo que no está prohibido está permitido. En la corriente codificado francesa se garantizan los derechos de los individuos frente al estado.
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El juez ejerce el poder que le ha sido trasmitido por el soberano, sin limitación: el Juez además de ser juzgador, es también investigador y acusador. Se presume la culpabilidad y no la inocencia. Los poderes del estado tienen amplios poderes sobre los particulares, quienes tienen posibilidades limitadas frente al poder del estado.