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Tuvo su origen en la Ley de las XII Tablas
Formación.-
· Derecho Consuetudinario o derecho de la costumbre
· Período Legislativo o de derecho escrito
Derecho Consuetudinario
Tuvo dos grandes ejes o componentes:
· Las universidades
· Los derechos nacionales y regionales
Período legislativo
1. La elaboración del derecho público
2. El hecho de codificación.
ESTRUCTURA
1.- Divisiones de derecho público y derecho privado
2.- Concepción común de noción de regla de derecho -
DERECGO MUSULMAN
El Corán es el fundamento del derecho musulmán y son la revelaciones de “Allah” a su último profeta “Mahoma”.
Es la primera fuente de derecho, pero sus disposiciones jurídicas son insuficientes para un código
Es un derecho arcaico en alguna de sus instituciones. Su aspecto es casuístico, tiene ausencia de sistematización y está basado en el Corán.
El derecho musulmán como el canónico es el derecho de una iglesia -
¨ Se apodera del derecho de propiedad originario de todas las tierras.
¨Decide decir justicia mediante la “Curia” (cuerpo de asesores que producen decisiones judiciales)
Acepciones de Common Law
1. A la tradición jurídica surgida en Inglaterra en el siglo XI
2. Al cúmulo de precedentes dictados por sus tribunales
3. Al sistema de jurisprudencia distinto a la Equity.
4. El derecho antiguo -
Podemos concretar que surgen, en el siglo xix, tres corrientes
socialistas, a saber:
1) Socialismo utópico con el cual se pretende, resumiendo drásticamente esta ideología, encontrar una “receta de cocina” para así conseguir una futura sociedad justa y feliz.
2) Socialismo científico pretendían crear las bases de un Estado socialista como etapa previa para llegar a un Estado comunista.
3) Socialismo sin dogmas basado en la normal reacción humanitaria que se da ante situaciones sociales hirientes -
Desde sus inicios, como un concepto dentro del marco del derecho comparado, la idea de sistemas mixtos constituyó un medio de resistencia hacia la asimilación del Common law angloamericano, señalando como ejemplo el movimiento neorromanista de Escocia que se resistió a adoptar como sistema jurídico el Common law a pesar de formar parte del reino unido y que en la actualidad se considera como un sistema jurídico mixto