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Es así como con la Ley 6ta de 1945 se generalizaron los derechos a pensión, salud y riesgos profesionales de los trabajadores. No obstante tan sólo con la Ley 90 de 1946 se estableció un sistema de seguridad social propiamente dicho como patrimonio autónomo y se reconocieron las prestaciones laborales, entre ellas el derecho a una pensión de jubilación, primas de carácter no salarial y ayudas relacionadas con la prestación de servicios de salud.
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"Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo."
-En su sección tercera “de las prestaciones oficiales” se tratan las pensiones de los trabajadores del orden nacional, establece el derecho a la pensión. -
"Por el cual se determinan las prestaciones sociales de los empleados y obreros al servicio de los Departamentales y Municipios"
- Extiende los beneficios el artículo 17 de la ley 6 del 45, como lo es la pensión vitalicia de jubilación y la pensión de invalidez, a los trabajadores del orden municipal y departamental. -
Se establece el régimen de prestaciones sociales de los funcionarios y empleados de la Contraloría General de la República y sus familiares
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"Por la cual se dictan algunas medidas en relación con las Cajas de Previsión y con las prestaciones sociales para el Sector Público."
- Establece el derecho a la pensión de vejez (empleados oficiales) -
"Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones"
- En ella se desarrolla el tema pensional. -
"Por el cual se incorporan los servidores públicos al sistema general de pensiones y se dictan otras disposiciones"
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"Por el cual se modifica el artículo 6º del Decreto 691 de 1994"
- Establece los factores para calcular el IBC de los servidores públicos. -
"Por el cual se establece el Régimen Pensional de los Aviadores Civiles."
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"Por medio del cual se reglamentan los artículos 37, 45 y 49 de la Ley 100 de 1993 referentes a la Indemnización Sustitutiva del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida."
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"Por el cual se reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez."
- Artículo 23: establece la necesidad del dictamen de rehabilitación desfavorable para para solicitar la calificación, para las pensiones de invalidez. -
"Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales."
- Aumento de 700 a 1300 las semanas de cotizaciones
- Le agregó 7 años más a la edad para pensionarse
- El monto de la pensión equivale al 65% del IBL
- En el fondo privado la gente no se pensiona por semanas cotizadas sino por cantidad de dinero ahorrado -
"Por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones. "
- El presente decreto se expide para subsanar algunos vicios de constitucionalidad de la ley 797 de 2003. Modifica el art. 39 de la ley 100 referente a la pensión de invalidez, también agrega la definición y el campo de aplicación a la pensión de vejez, y reglamenta el cálculo actuarial de pensionados. -
"Mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que deberá observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen pensional y de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 19, literal e) de la Constitución Política"
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“Por medio del cual se fija el régimen pensional y de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública.”
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Adiciona el artículo 48 de la Constitución Política
- Se elevaron a constitucionales las disposiciones referentes al sistema pensional en vigencia, eliminando los regímenes especiales de pensiones (exceptuando el de la Presidencia de la República y el de la Fuerza Pública) e impidiendo que la sociedad civil y las organizaciones sindicales por medio de convenciones colectivas modificaran el sistema pensional vigente. -
"por medio del cual se modifica el artículo 1° del Decreto 1730 de 2001."
- Reglamenta en cuales ocasiones hay lugar para la indemnización sustitutiva. -
"Por la cual se adiciona un inciso al artículo 204 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 10 de la Ley 1122 de 2007 y un parágrafo al artículo 19 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 6o de la Ley 797 de 2003."
- Se adicionó un parágrafo al artículo 19 de la ley 100, previamente modificado, conforme al cual, los trabajadores independientes que ganaren menos o un mínimo no estaban obligados a cotizar pensión durante los 3 años posteriores a la vigencia de la presente ley. -
“Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.”
- Crea el sistema multifondos para que los afiliados una vez informados elijan aquellos que se ajusten en mejor forma a sus edades y perfiles de riesgo. -
“Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.”
- Artículo 142: establece la responsabilidad de asumir el riesgo de invalidez y muerte en cabeza de COLPENSIONES, I.S.S, y las ARP (ahora ARL). -
"Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional".
- Reformó los artículos correspondientes a la naturaleza, administración y funcionamiento de las juntas regionales y nacional de calificación de invalidez; así como los impedimentos, recusaciones y sanciones. -
"Por la cual se crea la pensión familiar."
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"Por el cual se expide el, Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional. "
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"Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública"
- Artículo 40: por medio del cual se suprimieron las obligaciones de las entidades públicas que formen parte del presupuesto general de la nación y la UGPP, o Colpensiones. -
"Por el cual se adiciona el Capítulo 14 al Título 13 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016"
- Este decreto pone las reglas para el piso mínimo de protección social permitiendo a las personas que ganan menos del salario mínimo acceder a la seguridad social, acude a los beneficios económicos periódicos porque las personas que ganan el mínimo generalmente no pueden acceder a la pensión de vejez.