Sistema Interamericano de Derechos Humanos

  • Tercera conferencia Interamericana Extraordinaria

    Se aprueba la Carta de Organización de normas amplias sobre los derechos economicos, sociales y educacionales, se resuelve que la convención interamericana sobre derechos humanos se determinará la estructura, competencia y los órganos encargados de esa materia.
  • Firma, ratificación, reserva, enmienda y protocolo de Denuncia

    La convención queda abierta a la firma y la ratificación o adhesión de todo Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos.
  • Convención entra en vigor a partir de:

    La ratificación de esta convención o la adhesión de la misma se efectuara mediante el deposito de un instrumento de ratificación o adhesión y la convención entrara en vigor. Si once estados pertenecientes a esta convención presentan sus instrumentos la convención entra en vigor. El secretario informa a los Estados de que la convención entra en vigor.
  • Convencion de Viena de 1969

    La convención puede ser solo objeto de reservas conforme a las disposiciones de la convención de Viena en Mayo 23 de 1969
  • Enmiendas

    Cualquier Estado por conducta del Secretario General pueden someter a la asamblea general para lo que estime conveniente. Las Enmiendas entran en vigor para los Estados ratificantes de las mismas fechas en las que se haya depositado el respectivo Instrumento.
  • Consideración de Enmiendas

    De acuerdo con la facultad establecida nos dice que cualquier Estado perteneciente a la Comisión podrá someter a la consideración de los demás Estados reunidos en la Asamblea General con la finalidad de incluir progresivamente en el régimen de protección de la misma otros derechos y libertades.
  • Denuncia

    Los Estados pueden denunciar esta convención despues de 5 años a partir de que entra en vigor de la misma.
    Dicha denuncia no tendra por efecto para desligar al Estado parte interesado de las obligaciones contenidas en esta convención lo que concierne a todo hecho que puede constituir una violación de esas obligaciones.
  • Disposiciones Transitorias

    El secretario general pedirá por escrito a cada estado miembro de la organización del presente dentro de un plazo de noventa días. El secretario general preparara una lista de los miembros la cual le presentara a los Estados miembros en treinta días antes de la asamblea
  • Presentación de Candidatos

    Cada Estado perteneciente a la Convención presentara a sus candidatos para jueces. La eleccion de jueces de la corte se hara dentro de los candidatos que figuren en la lista. Se declararan elegidos los candidatos que obtengan mayor numero de votos de los estados participantes.