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Creación del Departamento del Trabajo
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Durante el mandato de Venustiano Carranza, el Departamento del Trabajo se incorporó a la Secretaría de Gobernación
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Marca un momento trascendental en la evolución laboral al señalar en el articulo 123
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Con la finalidad de reglamentar la competencia en la resolución de los conflictos de trabajos surgidos se crea la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
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El Congreso de la Unión modificó la fracción XXIX del artículo 123 constitucional:
"se considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de Invalidez, de Vida, de Cesación Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes y otros con fines análogos” -
La Ley Federal del Trabajo designó a las Juntas Municipales de Conciliación, Centrales de Conciliación y Arbitraje.
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Se publica en el diario Oficial de la Federación el Decreto de Creación del Departamento de Trabajo como Organismo autónomo, con subordinación directa al Titular del Poder ejecutivo Federal.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo
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Se reformó la Ley de Secretarias y Departamentos de Estado para crear la Secretaria del Trabajo y Previsión Social
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En la reforma que se da a estos Artículos, se excluye como órganos administrativos des concentrados al Instituto Nacional de Estudios del Trabajo y al Centro Nacional de Información y Estadísticas.
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Este nuevo reglamento se publica en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se reestructura la Secretaría.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo en el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación
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DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.