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Los indígenas creían que la salud era un regalo de los Dioses y la enfermedad un castigo
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las normas de conducta fueron mas importantes que la higiene. hubieron grandes epidemias como la lepra
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Las enfermedades de mayor incidencia eran las de orígen laboral, representaban una parte importante de las atenciones médicas y tenían gran impacto en la economía
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Se dictaron las primeras normas para prevenir los contagios y estas apuntaban a cómo debían recibirse las personas que venían del continente africano
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Llegó a la Nueva Granada con la expedición botánica y su gestor José Celestino Mútis junto con el Virrey Caballero y Góngora diseñó estrategias para enfrentar las epidemias de viruela
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se iniciaron a combatir las enfermedades, se descubrió de donde surgían las enfermedades y se trato de prevenirlas.
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El Gobierno Nacional designó a la facultad de medicina para determinar el control y establecer la cuarentena de los buques sobre el contagio de la cólera
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Se crea una oficina de vacunación contra la viruela la cual se suprime en 1843 y se le encarga al poder ejecutivo de velar por la conservación de la vacuna.
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John Snow, medico ingles.considerado el padre de la epidemiologia. observo epidemia de cólera en Londres, demostró que la contaminación del agua era el modo de transmisión y contagio de la peste
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Tras la promulgación de la Constitución de 1886 y hasta 1950, prevaleció lo que se conoce como modelo higienista, cuyo modelo se caracterizaba porque las acciones de salubridad se limitaban a atender aspectos de carácter sanitario
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La sanidad pública como rama del gobierno nacional, expidió la ley 30 por medio de la cual se creó la junta central de higiene, integrada por 3 médicos y un profesor de ciencias naturales. Se crearon las direcciones departamentales de higiene.
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El poder ejecutivo dictó el decreto No.210 por medio del cuál se creó el parque de vacunación, bajo la dirección y vigilancia de la JCH.
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La Junta crea su propio reglamento. Se estructuran 4 comisiones:
1. POLICÍA FARMACEÚTICA Y AGUAS MINERALES
2. ENCARGADA DE LA SALUBRIDAD DE LAS CIUDADES, COLEGIOS, ESCUELAS, HOSPITALES
3. ENCARGADA DE LA PARASITOLOGÍA COMO CAUSA DE PROPAGACIÓN DE ENFERMEDADES
4. ENCARGADA DE TOMAR MEDIDAS PARA PREVENIR LAS ENFERMEDADES CONTAGIOSAS -
La junta de higiene emitió las normas de higiene para las escuelas u colegios de la república por medio del acuerdo No. 13
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Creado con el objetivo de vigilar, direccionar y generar la reglamentación general de la higiene pública y privada. En 1914 se designan esas funciones a la JCH y se dispuso que el gobierno nombrara sus miembros.
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Por medio de la Ley 32 se reemplazó la JCH por el director y subdirector nacional de higiene. Estos cargos deberían ser ocupados por médicos graduados y nombrados por el poder ejecutivo por un período de 4 años.
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La Ley 99 determinó funciones como medidas profilácticas contra las enfermedades infecciosas tales como la desinfección y desocupación de inmuebles, vacunación obligatoria para menores de 1 año.
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Se establece el Ministerio de Instrucción y salubridad Pública y con el decreto 1704 con el código sanitario internacional. Se inicia la campaña de enfermedades tropicales e infecciosas.
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La dirección nacional de higiene con la Ley 15 dicta medidas para el control de la tuberculósis y enfermedades venéreas, organización de hospitales con servicios de obstetricia y pediatría, atención de emergencias. Establece requisitos de estudios para ejercer la profesión de médico y farmacéutico.
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Creado por la Ley 96. Se le da el nombre de ministerio de salud el 16 de abril de 1953
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Se crea el ICSS
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El servicio cooperativo interamericano de salud pública colaboró en la realización de 80 proyectos sobre control de enfermedades y campañas entre ellas de nutrición, educación sanitaria y de ingeniería de salud pública.
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Se inicia el método CENDES/OPS, establece entre otras la integración de hospitales con centros y puestos de salud para consulta externa, calidad en atención hospitalaria.
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Se ordena la elaboración del plan hospitalario nacional para asegurar un criterio unificado con respecto a la salud pública, organización de los servicios técnicos, y adopción de normas, integración de los servicios asistenciales y preventivos, docentes e investigados.
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La secretaría de salud funcionaba con 3 subsistemas: asistencia pública, seguridad social y privado. La asistencia pública atendía las dos terceras partes de la población.
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Se expidió la atención primaria dentro del plan de salud como una de las estrategias de mayor prioridad para solucionar a corto plazo los problemas de salud de la población.
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Se considera fundamental el comportamiento de los individuos y las actitudes y prácticas de las poblaciones para el desarrollo de los programas de salud
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Establece que es deber de todos los ciudadanos promover la conservación de la salud
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Con esta norma se establece el sistema de seguridad social en salud, organización y control de las instituciones de salud y el sistema en conjunto
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Por la cual se fija el régimen propio de recuado para la salud pública desde el monopolio rentístico de juegos de suerte y azar
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Mediante la cual se reglamenta la participación de los Grupos étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Colombia.
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Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros
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- monitoreo, análisis y vigilancia en salud publica. 2.promocion de la salud y participación ciudadana. 3.desarrollo de politicas y capacitacion institucional.
- gestion de la salud publica.
- evalucion y promocion de acceso equitativo a los servicios de salud. 6.desarrollo de recurso humano.
- garantia de calidad de servicios de salud.
- investigacion, desarrollo, implementacion de saluciones.
- reduccion de impacto de emergencia y desastres
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Por la cual se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema de Seguridad Social.
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se reglamenta el sistema de vigilancia en Salud Publica.
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el MSPS en el marco de ley estatutaria definira una politica de salud de obligatorio cumplimiento para todas las entidades que tengan a su cargo acciones de salud.
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esta ley tiene como objetivo el fortalecimiento del SGSSS, a través de un modelo de prestación de servicio publico en salud.
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es un pato social y un mandato cuidadano que define la actuacion articulada entre actores y sectores publicos, privados y comunitarios para crear condiciones que garanticen el bienestar integral y calidad de vida en colombia.
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Esta ley consagró la salud como un derecho fundamental, entra en plena vigencia, al cumplirse el plazo de dos años otorgados para definir con claridad las “prestaciones en salud” a que tienen derecho todos los colombianos. garantiza la equidad dentro del sistema de salud
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se dictan disposiciones en relación con la gestión en la salud publica y se establecen directrices para a ejecución , seguimiento y evaluación del Plan de Salud Publica de Intervenciones Colectivas- PIC.
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El Modelo de Acción Integral Territorial (MAITE) se estableció por resolución para observaciones que hizo pública el Ministerio de Salud y Protección social y que deroga integralmente las resoluciones 429 de 2016 y 489 de 2019.
con MAITE se busca el fortalecimiento de la autoridad sanitaria, priorizacion conjunta nación-territorio,asistencia medica focalizada, trabajo colaborativo y cercanía por medio de los lideres MAITE.