-
Código Civil de 1870 para el Distrito Federal y Territorio de Baja California.
El Código Penal de 1871 con una clara tendencia a condenar
la reparación de daños causados sobre bienes patrimoniales, jamás contempla
la reparación de los daños que afectaban directamente a la persona en
su integridad física o moral, ya que no procedía la enmienda sobre bienes
extramatrimoniales, y mucho menos se pretendía reparar los sentimientos o
sufrimientos causados.