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Se reforma la fracción XXV y se adiciona una fracción XXIX-Ñ al artículo 73. En la fracción XXV.- Se agrega la terminología de los derechos de autor y la propiedad intelectual.
Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la fracción XXIX-Ñ.- Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal coordinarán sus acciones en materia de cultura. -
Reforma a la fracción XXVIII, en materia de la a de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egreso, así como patrimonial, para la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos
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Reforma a las fracciones XXI y XXIII del artículo 73, congreso cuenta con la facultad de organizar y coordinar entre los gobiernos federales estatales y municipales para la seguridad publica así como su facultad exclusiva de expedir legislaciones para la lucha de la delincuencia organizada.
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Se adiciona la fracción XXIX/O al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, . Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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Reforma del articulo 73, fracción XXI, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se expiden leyes generales en materia de trata de personas.
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se adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común cuando éstos tengan relación con delitos contra periodistas, o que afecten el derecho a la información o las libertades de expresión e imprenta. -
Se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Faculta al Congreso para expedir la legislación procedimental penal única. -
Se reforma el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 y la fracción XXIX-U al artículo 73.
Se añaden leyes en materia de delitos electorales, junto con sus respectivas penas y sanciones. -
Se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece la facultad del Congreso para expedir las leyes generales en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. -
Se reforman las fracciones XXI, inciso c) y XXIX-R del artículo 73 y se adicionan las fracciones XXIX-A, XXIX-Y y XXIX-Z al artículo 73.
Se legislan leyes en materia penal a favor de los adolescentes.
se expiden leyes para la organización y funcionamiento de registros civiles. -
Se reforma la fracción XXX del artículo 73.
Establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Prevé que será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada. -
Se reforma el articulo 73, fracción XXIII; se derogan la
fracción XV del artículo 73.
Se reforma en materia de los derechos humanos para coordinar entre entidades federativas y municipios.
En materia federal, se agrega la institución de guardia nacional.