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La ciudad de Barranquilla adquiere la calidad de Distrito Especial, Industrial y Portuario.
(Acto Legislativo 01 - Ago. 17) -
El plan de desarrollo para los años 1993 y 1994 sería el correspondiente a las leyes anuales de presupuesto de rentas y apropiaciones de la Nación, hasta que entrara en vigencia el nuevo.(Acto Legislativo 02-Nov 23)
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Las corporaciones serán suplidas por los candidatos que, según orden de inscripción, en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral.
(Acto Legislativo 03 - Dic. 15) -
Las cortes marciales conocerán de los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, con las prescripciones del Código Penal.
(Acto Legislativo 02 - Dic. 21) -
La participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación, incrementando del 14 % en 1993 hasta el 22 % como mínimo en el 2001.
(Acto Legislativo 01 - Dic. 1) -
Cada departamento tendra una asamblea departamental, con no menos de 11 miembros ni más de 31, los cuales tendrán la calidad de servidores públicos.
(Acto Legislativo 01 - Ene. 15) -
La extradición por delitos no políticos de colombianos por nacimiento que hayan cometido delitos en el exterior, considerados como tales por la legislación colombiana.
(Acto Legislativo 01 - Dic. 16) -
Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa.
(Acto Legislativo 01 - Jul. 30) -
Modificó el inciso 1° del artículo 322 de la Constitución, Bogotá, como capital del país y del departamento de Cundinamarca, se organiza como Distrito Capital y deja de ser Santafé de Bogotá.
(Acto Legislativo 01 – Ago. 17) -
El deporte y sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas, es la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud, se dispone que forma parte de la educación y se trata de un gasto público social.
(Acto Legislativo 02 – Ago. 17) -
Durante los años 2002 a 2008, el monto total de las apropiaciones autorizadas por la ley anual de presupuesto para gastos generales, diferentes a los pagos de pensiones, salud, gastos de defensa, servicios personales; al sistema general de participaciones y a otras transferencias que señale la ley no podrá incrementarse de un año a otro en un porcentaje superior a la tasa de inflación causada, más el 1,5 %.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 30) -
Colombia reconoce jurisdicción a la Corte Penal Internacional, en los términos previstos en el Estatuto de Roma.
(Acto Legislativo 02 – Dic. 27) -
Serán hijos nacionales colombianos por nacimiento los hijos de padre o madre colombianos que hubieran nacido en tierra extranjera y luego se domicilien en territorio colombiano o se registren en el respectivo consulado.
(Acto Legislativo 01 – Ene. 25) -
La elección de gobernadores, alcaldes, concejales y ediles será por elección popular durante periodos institucionales de cuatro años y no podrán ser reelegidos.
(Acto Legislativo 02 – Ago. 6) -
Se implementó el sistema penal acusatorio y se estableció la disposición de recursos para su aplicación gradual, a partir del 1° de enero del 2005 hasta el 31 de diciembre del 2008.
(Acto Legislativo 03 – Dic. 19) -
Se crea la cifra repartidora, el voto preferente, las listas únicas y las bancadas. Igualmente, se prohíbe la doble militancia y se establece que los miembros del Consejo Nacional Electoral serán elegidos por el Congreso.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 3) -
Con el fin de enfrentar el terrorismo, este consagraba la posibilidad de que las autoridades interceptaran o registraran la correspondencia y demás formas de comunicación privada y realizaran detenciones, allanamientos y registros domiciliarios, sin previa orden judicial.
(Acto Legislativo 02 – dic. 18) -
Esta reforma dispuso que no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos quienes hayan sido condenados por cometer delitos que afecten el patrimonio del Estado.
(Acto Legislativo 01 – Ene. 7) -
Este acto Legislativo permitió la reelección inmediata de Presidente y Vicepresidente de la República.
(Acto Legislativo 02 – Dic. 27) -
Con el fin de darle sostenibilidad financiera al sistema pensional, este Acto Legislativo eliminó los regímenes especiales, la mesada 14 y el régimen de transición. Además, dispuso que no podrán causarse pensiones superiores a 25 SMLMV.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 22) -
Para los colombianos residentes en el exterior existirá una circunscripción internacional mediante la cual se elegirá un representante a la Cámara, en la que solo se contabilizarán los votos depositados por los ciudadanos residentes en el exterior.
(Acto Legislativo 02 – Jul. 22) -
A partir del año 2014, la base de asignación de las curules adicionales se ajustará en la misma proporción del crecimiento de la población nacional, según lo que determine el censo.
(Acto Legislativo 03 – Dic. 29) -
Se amplía el periodo de distribución de los recursos en municipios, departamentos y distritos del año 2008 al 2016, con énfasis en atender servicios de salud, educación y acceso a los servicios públicos domiciliarios de la población más vulnerable.
(Acto Legislativo 04 - Jul. 11) -
Permite la moción de censura a ministros, superintendentes y directores de departamentos administrativos por asuntos relacionados con las funciones propias del cargo o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso.
(Acto Legislativo 01 – jun. 27) -
Para obtener mayores recursos por descentralización fiscal, Buenaventura adquiere la calidad de Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico.
(Acto Legislativo 02 – Jul. 6) -
Se estableció que el Concejo de Bogotá estará compuesto por 45 concejales, eliminando el criterio poblacional para integrar esta corporación, según el cual habría un concejal por cada 150 mil habitantes o fracción mayor de 75 mil.
(Acto Legislativo 03 - Jul. 10) -
Se ordenó la inscripción en carrera, sin necesidad de concurso público, de los funcionarios que al 23 de septiembre del 2004 estaban ocupando cargos de carrera vacantes de forma definitiva en calidad de provisionales o encargados.
(Acto Legislativo 01 – Dic. 26) -
Fijó un nuevo régimen sancionatorio para los partidos políticos y sus miembros cuando avalaran aspirantes ya condenados o que lo sean durante el ejercicio del cargo por delitos relacionados con grupos armados ilegales y narcotráfico.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 14) -
El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas están prohibidos, salvo prescripción médica. La reforma señala el establecimiento de medidas y tratamientos pedagógicos, profilácticos o terapéuticos para los consumidores.
(Acto Legislativo 02 – Dic. 21) -
Para efectos de las causales de pérdida de investidura, en lo que se refiere al conflicto de intereses, este Acto dispone que no tendrá aplicación cuando los congresistas participen en el debate y votación de reformas constitucionales.
(Acto Legislativo 01 – mayo 31) -
Eliminó el rango constitucional de la Comisión Nacional de Televisión. No obstante, señaló que la entidad seguiría encargada de formular los planes y medidas de gestión y control, mientras fuera expedida la regulación correspondiente.
(Acto Legislativo 02 – Jun. 21) -
La intervención del Estado en la explotación de los recursos naturales se deberá realizar en el plano nacional y territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal que permita alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado social de derecho.
(Acto Legislativo 03 – Jul. 1) -
Esta reforma disponía la homologación de las pruebas de conocimiento previstas para concurso público por la experiencia y estudios adicionales a los requeridos, respecto de trabajadores provisionales o en encargo.
(Acto Legislativo 04 – Jul. 7) -
La explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del Estado una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte.
(Acto Legislativo 05 – Jul. 18) -
Esta reforma señala que podrá juzgar, previa acusación no solo del Fiscal General, sino del Vicefiscal o sus delegados de la unidad de fiscalías ante la alta corporación, al Vicepresidente de la República, a los ministros del despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo y a los agentes del Ministerio Público ante el alto tribunal, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales, entre otros.
(Acto Legislativo 06 – Nov. 24) -
La reforma autoriza tramitar una ley que defina un tratamiento jurídico diferenciado para los grupos al margen de la ley que negocien la paz y también para los agentes del Estado. También se ordena crear una comisión de la verdad que, esclarezca hechos del conflicto, y formule recomendaciones.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 31) -
La reforma señala conductas que, aunque sean cometidas por militares, no serán conocidas por la justicia castrense, como los crímenes de lesa humanidad, delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. Así mismo, crea un tribunal de garantías penales.
(Acto Legislativo 02 – Dic. 27) -
Amplió el número de representantes a la Cámara por los colombianos residentes en el exterior. De acuerdo con la norma, las circunscripciones especiales elegirán cinco representantes, dos por las comunidades afrodescendientes, uno por las comunidades indígenas y dos por la circunscripción internacional.
(Acto Legislativo 01 – Jul. 15) -
Este prevé la necesidad de que fiscales y jueces ordinarios y castrenses que conozcan procesos contra militares por actuaciones dentro del conflicto armado tengan formación en esa área, establece que el derecho internacional humanitario (DIH) será la fuente que regulará los procesos de esta índole.
(Acto Legislativo 01 – Jun. 25) -
Establece disposiciones sobre la nueva comisión de aforados, funciones del Consejo Superior de la Judicatura y acerca de faltas absolutas en altos cargos de elección popular y transición hacía nuevos órganos de gobierno y administración judicial. Se elimina la reelección presidencial y de otros altos cargos.
(Acto Legislativo 02 – jul. 1)