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"...Tratándose de trabajadores no asalariados, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.”
La modificación que tuvo este articulo fue para disponer que la multa al infractor no asalariado no excediera del equivalente a un día de ingreso, es decir hay una intención de aplicar el principio de equidad .Hace referencia a la autoridad judicial, menciona a dos instituciones el Ministerio Publico y la Policía Judicial; Facultad de la autoridad administrativa de imponer sanciones. -
Se adicionan 3 párrafos al artículo 21.
Motivo de la iniciativa presidencial, Se reforma a diversos artículos constitucionales. Establece la impugnación jurisdiccional por resoluciones del Ministerio Público, dispone sobre seguridad pública y sus principios, además, ordena la coordinación entre los tres niveles de gobierno (federación, estados y municipios) para crear un sistema nacional de seguridad pública. -
Se reforma el artículo 21, párrafo primero.
Se hace referencia no solo al hecho de perseguir los delitos, sino también investigarlos solo por parte del Ministerio Publico, por lo tanto la policía (cumple como auxiliar) estará bajo su autoridad y mando inmediato. -
Se adiciona un párrafo quinto al artículo 21, recorriéndose en su orden los actuales quinto y sexto, que pasan a ser sexto y séptimo:
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"El Ejecutivo Federal podrá, con la aprobación del Senado en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional". -
La investigación corresponde al Ministerio Publico y policías. La acción penal al Ministerio Publico y los particulares. Las penas corresponden a la autoridad judicial. La actuación de las instituciones de seguridad pública se debe regir por principios, y carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Publico y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse para cumplir objetivos de la seguridad pública y Sistema Nacional de Seguridad Publica.
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Párrafo noveno y párrafo décimo, inciso a.
Se elimina la mención de Distrito Federal y ahora se establecen como…“ Federación, las entidades federativas y los Municipios”