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Se reglamenta en Colombia por primera vez la conciliación extrajudicial con la ley 23 de 1991, esta norma busca la descongestión de los despachos judiciales (Illera, garcia & Ramirez, 2012) -
Nace la “justicia comunitaria”, que es un nuevo tipo de justicia con nuevos instrumentos que alterna con la administración de justicia ordinaria, esta ayuda a regular los comportamientos teniendo en cuenta el contexto cultural donde se presenta la controversia. (Illera, Garcia & Ramirez, 2012) -
Modificación a la ley 23 de 1991, se introducen los principios de informalidad y celeridad, sobre los que se emplea la conciliación en equidad, también agrega efectos del acta de cosa juzgada y merito ejecutivo. (Illera, Garcia & Ramirez, 2012) -
Decreto 1818 de 1998 articulo 86 consagra que los tribunales superiores del distrito judicial de jurisdicción ordinaria y los jueces primeros de mayor nivel jerárquico como las autoridades competentes para elegir a los conciliadores de equidad (Illera, garcia & Ramirez, 2012) -
Con esta ley se reglamenta todo el procedimiento de los jueces a cargo de la resolución de conflictos y se sustenta la jurisdicción de paz (Higuita, 2010) -
Con esta ley se reglamenta todo el procedimiento de los jueces a cargo de la resolución de conflictos y se sustenta la jurisdicción de paz (Higuita, 2010) -
El juez asume el rol de conciliador en equidad y juez al mismo tiempo (ley de jurisdicción) (Illera, garcia & Ramirez, 2012) -
Reglamenta competencias referentes a violencia intrafamiliar (Illera, García & Ramírez, 2012) -
Se reafirma que los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), tienen efectividad en la solución para las controversias que se presentan en la sociedad.
(Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. 2012) -
Se encarga de regular los procedimientos de mediación y conciliación teniendo en cuenta la equidad, imparcialidad, profesionalismo y confidencialidad -
La primera convocatoria para el nombramiento de conciliadores en equidad se llevo a cabo en la ciudad de Barranquilla por parte del tribunal superior del distrito judicial -
Posicionamiento de 3 jueces de paz y 6 jueces de reconciliación bajo la ley 497 de 1999, en el departamento de Antioquia
(Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. 2012) -
Se establece como requisito de procedibilidad para conciliación de asuntos del área civil y de familia, se modifico el art 35 de la ley 640 de 2001, siendo reemplazado por el art 52. (Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. (2012) -
Se define la amigable composición como un mecanismo alternativo de solución de conflictos, el cual dicta que dos o mas individuos o entidades publicas o quien desempeñe funciones administrativas, delegen a un tercero, nombrandolo como amigable componedor (Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. (2012) -
En el año 2014, el 6.8% de los municipios, contaba con centros de conciliación (Gaviria, Muñoz, S. 2016). -
Las conciliaciones, en el año 2014 tuvieron un éxito del 42%,
(Gaviria, Muñoz, S. 2016)