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La Constitución Política de la República de Colombia de 1991 es la carta magna de la República de Colombia. Fue promulgada en la Gaceta Constitucional número 114 del jueves 4 de julio de 1991, y también se le conoce como la Constitución de los Derechos Humanos.
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Es una organización no gubernamental que nació en 1992 con el objetivo de brindar apoyo a víctimas de violencia sociopolítica, en pro de su recuperación emocional. Surge por la preocupación y el interés de profesionales de la salud mental de brindar una atención a víctimas de la violencia de nuestro país, que fuera más allá de una consulta individualizada y que se convirtiera en una propuesta encaminada a la recuperación integral.
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El Sistema de Seguridad Social Integral vigente en Colombia fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana. Hace parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.
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Celebrada en septiembre de 1995 en Beijing, en el cual el género fue utilizado en el documento de la Plataforma de acción y cómo el mayor punto de controversia durante las negociaciones. En dicho documento, junto a la expresión “perspectiva de género”, estaban otras como “análisis de género”, “factores de género”, “igualdad de género”.
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Programa de Reforma de 1997. Esta propuesta contempla la incorporación del enfoque de derechos en todas las actividades y programas de la organización, así como la exhortación a los Estados miembros a respetar la legislación internacional sobre la materia y la paulatina adopción de políticas públicas orientadas por los derechos humanos (Ferrer, 2007).
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Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia. Derecho a la paz y solución pacífica de conflictos
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En 1998, la Corporación avre organizó, junto con la agencia Diakonía - Acción Ecuménica Sueca, un
seminario nacional de reflexión sobre Experiencias en atención psicosocial a población víctima de guerra y de violencia en Colombia. A dicho evento asistieron ONG nacionales e internacionales con el fin de realizar un primer intercambio sobre el significado, las implicaciones, los contenidos y la metodología del trabajo psicosocial. -
Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros
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Para la Corte ha sido claro que el trato diferenciado entre hombres y mujeres por parte del derecho y de las autoridades sustente en la asunción de la mujer dentro de los roles tradicionales a los cuales se ha visto alguna vez históricamente. Esto es que no implique una discriminación indirecta.
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Las mujeres son beneficiarias del amparo de dos de los principios axiales del Derecho Internacional Humanitario: (i) el principio de distinción, que proscribe, entre otros actos, los ataques dirigidos contra la población civil y los actos de violencia destinados a sembrar terror entre la población civil; y (ii) el principio de humanidad y de respeto por las garantías fundamentales del ser humano, que ampara a las mujeres como personas.
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Se tomó como base experiencias de trabajo y de apuesta de acompañamiento psicosocial desde la perspectiva de tres entidades, dos de ellas no gubernamentales: Corporación AVRE y Corporación VINCULOS, y desde el estado, el programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas (PAPSIVI) del ministerio de salud y de protección social, que forma parte de las medidas de rehabilitación en el marco de la Ley de víctimas y de restitución de tierras 1448 de junio de 2011.